Seguridad en el Trabajo, Higiene Industrial, Ergonomía y Psicosociología
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#290646
¿Quien entendeis que debe ocuparse de las certificaciones en materia de seguridad y salud?

Directamente la direccion de obra.

Directamente el coordinador de seguridad y salud.

O la direccion de obra a través del coordinador de seguridad y salud en fase de ejecución.


En la LOE se establece como obligación del DEO el elaborar y subscribir las certificaciones parciales y del DO su conformación, y quería saber si consideráis que en estas entran las referidas a la seguridad y salud, con lo cual corresponderían igualmente a la DEO su elaboración, subscripción y a la DO su conformación, o no, con lo que podría corresponder (tanto la elaboración, como la subscripción como la conformación) a quien el promotor designase para ello (por ejemplo el CSS), o si por como alternativa se podría establecer como función añadida del CSS su elaboración y subscripción, manteniendo la conformación de las mismas por parte del DO.
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