Hola amig@s,
Buscando información en Google he dado con vuestra página Web y me preguntaba si seríais tan amable de resolver una duda que tengo respecto a la implantación de la Norma 17020 en una empresa que tiene pensado ampliar sus servicios al "Control Económico de Obras" para lo cual requiere ser acreditada como organismo de inspección.
Os lo pregunto a vosotros porque os aseguro que llevo días buscando información al respecto, incluso pregunté directamente a ENAC pero su respuesta fue escueta y de poca ayuda...
En la Norma 17020, punto 7, se habla sobre el Sistema de Calidad de la empresa, pero...
¿qué pasaría si dicha empresa no tiene implantado ningún sistema? ¿sería recomendable obtener primero el SGC por 9001 e incorporar posteriormente los elementos de la 17020? ¿o por el contrario con objeto de ahorrar costes y tiempo implantar ambas simultáneamente?
Y en este sentido, ¿es la 17020 una "simple" ampliación, a efectos prácticos, de la 9001 específica para organismos de inspección? Es decir, se trataría de implantar un SGC siguiendo la ISO 9001 añadiendo los elementos propios de la ISO 17020 (y ley de protección de datos, supongo). ¿Ando muy equivocado?
El problema reside en que tengo formación en ISO 9001, no así en 17020, pero he leído la norma y lo que le comento es lo que he interpretado.
Espero podáis ayudarme! Estoy parado actualmente pero me han ofrecido este trabajo y quisiera saber si estoy capacitado para ello...
Muchas gracias por vuestra atención.
Saludos!