Cuestiones relativas a máquinas, motores, piezas, componentes, tecnologías de fabricación, etc.
por
#162827
Buenas Noches,

Os comento mi caso, a ver si alguien me puede echar una mano.

El caso es que a una empresa de industrial, le encargaron la fabricación e instalación de un montacargas.

Ellos no tienen ni idea, y me pidieron a mí que le haga lo nececario para poner el mercado CE, en caso de ser necesario, y el proyecto de instalación.

Es un montacargas pequeño, con las siguientes características:

Capacidad de carga útil: 50 Kg.
Recorrido Aproximado: 9 metros
Cantidad de paradas: 3 paradas
Cantidad de entradas: 3 entrada
[b]Plataforma:
Ancho: 0,8 m
Profundidad: 0,8 m
Altura: 1,5m

Sé, que la directiva comunitaria de marcado CE 95/16 regula los ascensores, pero tengo dudas si le afecta a este montacargas, y respecto al proyecto de instalación.... ni papa!

un saludo compañeros, espero vuestras respuestas!
por
#162944
Es curioso, alguien en otro portal ha publicado una pregunta igualiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiita a la tuya y le han contestado esto:

pasos para cumplir la directiva de máquinas...
1.identificar la directiva apropiadas la máquina (baja tension, ruidos...)
2.hacer una evaluacion del riesgo (norma UNE_EN 1050)
y tb las normas UNE_EN 292-1 y 2 (diseño), UNE-EN 614-1 (ergonomia), UNE-EN 60204-1 (elecricos)
ademas de estas normas se usa la norma tipo C (si la hubiera)
3.realizar el expediente técnico necesario para la evaluacion de la conformidad de la maquina
4.proporcionar la informacion sobre su utilizacion, instalacion, mantenimiento, formacion. control,equpos de proteccion indiv y niveles de ruidos a traves de un manual de instrucciones.
5.elaborar y firmar una declaracon CE de conformidad
6.colocar el macado CE

sólo es necesario el examen en máquinas peligrosas (que son las que estan englobadas en el anexo IV)

normativa a leer:
-DIRECTIVA 98/37/CE del parlamento europeo de 22 junio 1998
-boe 11 dic 1992
-boe 8 feb 1995

despues de realizar el expediente te lo tienen que aprobar un organismo certificado (por ejemplo, aenor u otros)

A ver si te sirve majete :comunidad
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por
#163142
bolado escribió:Es curioso, alguien en otro portal ha publicado una pregunta igualiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiita a la tuya y le han contestado esto:

pasos para cumplir la directiva de máquinas...
1.identificar la directiva apropiadas la máquina (baja tension, ruidos...)
2.hacer una evaluacion del riesgo (norma UNE_EN 1050)
y tb las normas UNE_EN 292-1 y 2 (diseño), UNE-EN 614-1 (ergonomia), UNE-EN 60204-1 (elecricos)
ademas de estas normas se usa la norma tipo C (si la hubiera)
3.realizar el expediente técnico necesario para la evaluacion de la conformidad de la maquina
4.proporcionar la informacion sobre su utilizacion, instalacion, mantenimiento, formacion. control,equpos de proteccion indiv y niveles de ruidos a traves de un manual de instrucciones.
5.elaborar y firmar una declaracon CE de conformidad
6.colocar el macado CE

sólo es necesario el examen en máquinas peligrosas (que son las que estan englobadas en el anexo IV)

normativa a leer:
-DIRECTIVA 98/37/CE del parlamento europeo de 22 junio 1998
-boe 11 dic 1992
-boe 8 feb 1995

despues de realizar el expediente te lo tienen que aprobar un organismo certificado (por ejemplo, aenor u otros)

A ver si te sirve majete :comunidad


Pasa Jorge,

¿Ya nos estás poniendo los cuernos?

Qué maricón eres...

Salud colegas
por
#163368
jajaja no es lo que te piensas jejejeje (aunque creo que eso es lo dicen los que son infieles :mrgreen: )
por
#352720
bolado escribió:Es curioso, alguien en otro portal ha publicado una pregunta igualiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiita a la tuya y le han contestado esto:

pasos para cumplir la directiva de máquinas...
1.identificar la directiva apropiadas la máquina (baja tension, ruidos...)
2.hacer una evaluacion del riesgo (norma UNE_EN 1050)
y tb las normas UNE_EN 292-1 y 2 (diseño), UNE-EN 614-1 (ergonomia), UNE-EN 60204-1 (elecricos)
ademas de estas normas se usa la norma tipo C (si la hubiera)
3.realizar el expediente técnico necesario para la evaluacion de la conformidad de la maquina
4.proporcionar la informacion sobre su utilizacion, instalacion, mantenimiento, formacion. control,equpos de proteccion indiv y niveles de ruidos a traves de un manual de instrucciones.
5.elaborar y firmar una declaracon CE de conformidad
6.colocar el macado CE

sólo es necesario el examen en máquinas peligrosas (que son las que estan englobadas en el anexo IV)

normativa a leer:
-DIRECTIVA 98/37/CE del parlamento europeo de 22 junio 1998
-boe 11 dic 1992
-boe 8 feb 1995

despues de realizar el expediente te lo tienen que aprobar un organismo certificado (por ejemplo, aenor u otros)

A ver si te sirve majete :comunidad


Buenas noches,
Revivo este tema porque empecé a trabajar en una empresa que quiere fabricar montacargas (hasta ahora somos montadores) y tengo algunas dudas al respecto de conseguir el marcado CE:
1- Entiendo que los pasos que hay que dar son exactamente los mismos con la salvedad de cumplir la directiva 2006/42 en vez de la 98/37.
2- Los montacargas serán hidráulicos, para uso industrial hasta 3000kg y v<0.15m/s, ¿tendrían que cumplir alguna norma más o solo con cumplir las exigencias de la 2006/42 sería suficiente?. Lo digo porque no sé si además de la directiva tendría que cumplir con la norma UNE EN 81-31 (referida a montacargas) porque habló mi jefe con otras empresas que fabrican y no conocían esta norma.
3- ¿Se tendría que realizar un expediente técnico o un Proyecto mas en profundidad?
4- Una vez realizado el expediente, ¿llegaría con que un organismo notificado nos concediera el marcado CE o habría que hacer algún trámite con Industria a mayores?

La verdad es que ando un poco pez en este asunto porque no me tocó nunca hacerlo y os agradecería si me pudierais resolver las dudas.
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