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Publicado:
22 Jul 2008, 15:43
por Lithium
Subo éste hilo porque llegaron los problemas relaccionados con las máquinas frigoríficas enchufables. Si tienes una instalación frigorífica "legalizada" con X muebles frigoríficos remotos (conectados a una central frigorífica común) y unos años después metes alguna máquina enchufable (de más de 1KW) ¿Qué pasa? Pues parece que no tienes todo en regla y te puede originar problemas. Mi pregunta es ¿cómo se legalizan? Un proyecto no hace falta eso fijo porque la ampliación no sobrepasa los límites que indica el reglamento de frigoríficas en los que se necesita proyecto.
Habría que hacer un nuevo libro de registro? ¿El famoso libro verde? La lógica me dice que si, pero éste libro ha de ir firmado por un Técnico que en éste caso sería yo y yo no he proyectado la instalción original (la remota) ni nada. Y por un instalador frigorista, que vete tú a saber quien les hizo la instalación, como para que nos rellene un nuevo libro de frío.
Alguien sabe cómo va ésto?¿Cómo legalizo éstas máquinas enchufables para que formen parte de la instalación frigorífica global, sin que sea mucho lio?


Publicado:
22 Jul 2008, 17:15
por Lithium
Se me ocurre:
-Nuevo libro de registro rellenando "dictamen de seguridad" al ser exigible en todas las instalaciones que entren dentro del ámbito de aplicación del reglamento de frigoríficas, rellenando también la parte de "alta de la instalación" poniendo sólo los enchufables (lo nuevo que se ha puesto), norellenar el certificado de dirección técnica al no ser exigible por reglamento en mi caso. En el resto de papeles a entregar (modelo de la Junta de CyL) señalar la casilla de "nueva instalación" en lugar de la de "modificación" y en la hoja de "resumen de características" poner sólo lo correspondiente a las máquians enchufables que es lo que no aparece reflejado en el libro original.
-O señalar de algún modo que es una "ampliación de la instalación actual" el problema que veo es cómo hacerlo, en el libro de registro no hay ningún apartado en el que puedas ir añadiendo equipos y que firme el instalador.
A ver si se pasan por aquí los foreros que saben de frío y me echan un cable


Publicado:
24 Jul 2008, 12:12
por DSG
Lithium escribió:Se me ocurre:
-Nuevo libro de registro rellenando "dictamen de seguridad" al ser exigible en todas las instalaciones que entren dentro del ámbito de aplicación del reglamento de frigoríficas, rellenando también la parte de "alta de la instalación" poniendo sólo los enchufables (lo nuevo que se ha puesto), norellenar el certificado de dirección técnica al no ser exigible por reglamento en mi caso. En el resto de papeles a entregar (modelo de la Junta de CyL) señalar la casilla de "nueva instalación" en lugar de la de "modificación" y en la hoja de "resumen de características" poner sólo lo correspondiente a las máquians enchufables que es lo que no aparece reflejado en el libro original.
-O señalar de algún modo que es una "ampliación de la instalación actual" el problema que veo es cómo hacerlo, en el libro de registro no hay ningún apartado en el que puedas ir añadiendo equipos y que firme el instalador.
El libro de la instalación existente, efectivamente, no está pensado para incorporar ampliaciones o reformas. Con lo que no te queda otro remedio que incluir los nuevos equipos en otro libro. Yo entiendo que en este libro sólo se reflejarían los equipos nuevos, y se presentaría como una "ampliación" del la instalacióne existente.
No sé cómo se solicitaría eso en Castilla y León. En Asturias, las instalaciones tienen asignadas un número de expediente desde el principio, al que se hace referencia en el nuevo libro. El libro se presenta acompañado de una solicitud donde se indica que se trata de una ampliación de la instalación existente con un número de expediente concreto.
P.D.:Las hojas del libro de "ALTA DE LA INSTALACIÓN" se refiere al alta en el censo de industria frigorífica y sólo se requiere a cámaras frigoríficas y de atmósfera artificial de volumen total igual o superior a 20 m3, instalaciones de fabricación de hielo y de productos congelados y/o liofilizados (salvo que Industria en Castilla y León tenga otro criterio).

Publicado:
24 Jul 2008, 15:39
por Lithium
DSG, lo que me dices depresentar un nuevo libro y hacer referencia a la instalación original mediante su número de expediente, me parece muy lógico, puesto que como hemos comentado el libro de registro de frigoríficas no está preparado (en principio) para asumir ampliaciones ó modificaciones.
Hoy he hablado con el Jefe de sección de industria que fue el que me descubrió el problema. Me dice que en el libro antiguo, haga una anotación manuscrita en las hojas que se titulan "boletín de reconocimiento" indicando los equipos nuevos que se han puesto y cómo queda la instalación en su conjunto, es decir, potencia total instalada, kilos de refrigerante totales, etc. Parece que por aquí por León se hace así, aunque no le ví muy seguro por lo que pienso que nadie declara máquinas enchufables que se pongan con posterioridad al registro de la instalación frigorífica original (es un supermercado). EL libro de registro debería estar preparado para asumir éstos cambios; se ha quedado obsoleto, y pagamos el pato nosotros, que nos hacen calentarnos la cabeza y dar mas vueltas que tontos.
Gracias por tu respuesta, es interesante saber cómo haceis por allí para las ampliaciones, pero ahora me surge una duda; en ese libro nuevo que dices que rellenas "solo para la ampliación" en mi caso los 2 o 3 equipos enchufable nuevos. Rellenas dictamen de seguridad+certificado de dirección técnica+pruebas de estanqueidad o alguna parte más o menos...

Publicado:
24 Jul 2008, 17:57
por DSG
Lithium escribió: Me dice que en el libro antiguo, haga una anotación manuscrita en las hojas que se titulan "boletín de reconocimiento" indicando los equipos nuevos que se han puesto y cómo queda la instalación en su conjunto, es decir, potencia total instalada, kilos de refrigerante totales, etc. Parece que por aquí por León se hace así......
Las hojas "BOLETÍN DE RECONOCIMIENTO" son para las inspecciones periódicas obligatorias de la MI-IF-015. Pero si el Jefe te ha dado esa opción...
Lithium escribió:EL libro de registro debería estar preparado para asumir éstos cambios; se ha quedado obsoleto, y pagamos el pato nosotros, que nos hacen calentarnos la cabeza y dar mas vueltas que tontos....
Ten en cuenta que ese libro no fue elaborado por el Ministerio de Industria como el RSF, sino por la Dirección General de Industrias Alimentarias hace ya bastante tiempo.
Lithium escribió:...en ese libro nuevo que dices que rellenas "solo para la ampliación" en mi caso los 2 o 3 equipos enchufable nuevos. Rellenas dictamen de seguridad+certificado de dirección técnica+pruebas de estanqueidad o alguna parte más o menos...
Si la potencia total de accionamiento no supera los 10 kW, no haría falta la dirección técnica. Debería ser suficiente con el dictamen de seguridad. Aquí, además se cubren las hojas de "CARACTERÍSTICAS DE LOS GRUPOS", "RELACIÓN DE LOS APARATOS A PRESIÓN Y DE LOS LOCALES DONDE ESTÁN EMPLAZADOS", "CARGA ESPECÍFICA DE REFRIGERANTE EN LOS DIFERENTES LOCALES", y el CERTIFICADO DE PRUEBAS DE ESTANQUIDAD (Si el equipo es importado, o fabricado en España, y viene ya cargado, admiten el certificado de pruebas del fabricante, pero siempre y cuando las pruebas se hayan hecho de acuerdo con el RSF, O.M. de 24/04/1996).
Para esos equipos tan pequeños, salvo el dictamen de seguridad y el certificado de pruebas, lo demás parece excesivo, pero tampoco supone mucho trabajo cubrir esas hojas y queda más definida la instalación. También se suele cubrir la mitad inferior de la hoja del "CERTIFICADO DE DIRECCIÓN TÉCNICA DE LA INSTALACIÓN FRIGORÍFICA", relativa a "datos del usuario" (sencillos y a copiar de los del dictamen). Ahí hay un apartado "FINALIDAD DE LA INSTALACIÓN" que viene muy bien para hacer constar que se trata de una ampliación de la instalación existente.
Un saludo.

Publicado:
25 Jul 2008, 08:33
por Lithium
Gracias DSG. Veo que no es el primer libro de éstos que rellenas.


Publicado:
29 Jul 2008, 07:59
por Lithium
Se me plantean dos casos:
-Mi cliente pierde el libro de registro frigorífico. Para hacer uno nuevo tengo yo que resposabilizarme de la instalación al completo?Es que vaya marrón, una instalación que lleve X años funcionando y de la que ni he hecho proyecto ni he seguido la obra y para tener el libro tenga que fir mar que eso lo he hecho yo. ¿Sería además necesario proyecto si está dentro de los márgenes en los que el reglamento indica que es necesario pese a yevar años funcinando y haber sido "legalizada" en su día?
-Esto para los Astures, DSG y compañía: 3 supermercados en Asturias. En uno de ellos se han cambiado un par de motores por otros nuevos, en otro se han metido algunos muebles frigoríficos nuevos y en el tercero se ha cambiado la bancada de los compresores. ¿Hacen falta trámites administrativos? Es decir, ¿se consideran "modificaciones"? Me consta que en el segundo caso sí, ya que es una ampliación, pero en el primero y en el último...el reglamento no indica bien qué se entiende por "modificación". ¿Cómo se hace por Asturies?

Publicado:
29 Jul 2008, 22:44
por DSG
Lithium escribió:
-Mi cliente pierde el libro de registro frigorífico. Para hacer uno nuevo tengo yo que resposabilizarme de la instalación al completo?Es que vaya marrón, una instalación que lleve X años funcionando y de la que ni he hecho proyecto ni he seguido la obra y para tener el libro tenga que fir mar que eso lo he hecho yo. ¿Sería además necesario proyecto si está dentro de los márgenes en los que el reglamento indica que es necesario pese a yevar años funcinando y haber sido "legalizada" en su día?
Si ha sido legalizada, en Industria tendrán un expediente con copia de las hojas separadas en su día del libro. En Asturias se puede solicitar fotocopia compulsada de ellas y "graparlas" en un libro nuevo de manera que se pueda "rehabilitar" de alguna manera el libro de la instalación y poder ir anotando las revisiones periódicas en el futuro. Mejor eso que ponerse a legalizarla de nuevo por una empresa instaladora y un director técnico que no intervinieron para nada en una instalación que ya fue legalizada por quien correpondía.
Lithium escribió:-Esto para los Astures, DSG y compañía: 3 supermercados en Asturias. En uno de ellos se han cambiado un par de motores por otros nuevos, en otro se han metido algunos muebles frigoríficos nuevos y en el tercero se ha cambiado la bancada de los compresores. ¿Hacen falta trámites administrativos? Es decir, ¿se consideran "modificaciones"? Me consta que en el segundo caso sí, ya que es una ampliación, pero en el primero y en el último...el reglamento no indica bien qué se entiende por "modificación". ¿Cómo se hace por Asturies?
Coincido con lo que dices. Los casos de cambio de motores y de bancada se pueden considerar como una reparación u operación de mantenimiento. En cambio, el caso segundo, sí se trataría de una ampliación como ya comentamos hace varios mensajes.
Es mi opinión...


Publicado:
30 Jul 2008, 07:56
por Lithium
Gracias, aunque me temo que en el caso de la pérdida del libro no voy a poder hacerme con copia compulsada de las hojas que se separaron del libro, tengo al de industria de malas conmigo, he ido en una semana 3 veces y ya está harto, ayer amenazó con cortar el suministro eléctrico a los locales así que prefiero no tentar a la suerte.
En los 3 casos de asturies pues, a mi empresa lo que le interesa es que se necesite proyecto, dirección de obra, etc...Así que ya veremos, ya os contaré los que pasa.
Saludos
Re: LEGALIZACION DE INSTALACIONES FRIGORIFICAS

Publicado:
05 Nov 2010, 13:37
por lechuguino07
Hola compañeros,
refloto este hilo porque es en el cual he visto que se hablaba más de el famoso libro de Instalaciones Frigoríficas. Para vuestra información tengo el libro en mis manos, me ha costado 6'61 euros, y es la primera vez que tengo que rellenarlo.
Debo legalizar en un supermercado los siguientes equipos:
- una vitrina (equipo compacto) (1.300 frig/h)
- un congelador (equipo compacto) (616 frig/h)
- 2 murales (equipos semi-compactos) (6527 frig/h c/u)
- una cámara frigorífica de menos de 20m3 (1970 frig/h)
Otros datos:
Existe una pequeña sala de máquinas donde se ubican los compresores de los murales. La suma de las potencias eléctricas de arranque de los compresores de los 2 murales y de la cámara frigorífica es de 9'55 kW. La potencia de arranque de los equipo compactos aún no las se, pues no aparecen en ningún catálogo.
RECORDATORIO:
"Cuestionario para el censo de industrias frigoristas cumplimentado por empresa instaladora frigorista autorizada y suscrito por ésta y por el usuario (sólo para cámaras frigoríficas o de atmósfera artificial de volumen total igual o superior a 20 m3, así como en las instalaciones de fabricación de hielo y de productos congelados y/o liofilizados)."
"a) Instalaciones que requieren dirección de obra:
.... Cámaras frigoríficas que utilicen refrigerantes del grupo primero con potencia eléctrica o térmica de accionamiento superior a 10 Kw. e igual o inferior a 30 Kw."
PREGUNTAS:
- ¿La primera vez que rellenasteis el libro no os dió la sensación de que muchos de los datos técnicos que se piden estan muy enfocados a cámaras frigoríficas y no a equipos compacto y semi-compatcos?
- ¿Creeis que la capacidad volumétrica de los murales, vitrina y congelador deben computar en la suma de volumen frigorífico para verificar si el total del volumen es igual o superior a 20m3?
- ¿Creeis que las potencias de los compresores de los equipos compactos deben computar en el total de la POTENICA TOTAL DE ACCIONAMIENTO que se pide en el libro? Me interesa saberlo, pues en caso de superar los 10 kW en la potencia de aranque de los compresores debere liarme con el Certificado de Dirección de obra. Por otro lado, no me resulta fácil encontrar la potencia de los compresores de equipos compactos, pocos catálogos la indican.
Re: Legalizar máquinas compactas sin instalador frigorista

Publicado:
19 Jul 2011, 16:57
por halmay
Un cliente que tiene una tienda de congelados compuesta por 8 congeladores con tapas de cristal (enchufados a 220), ha ido a pedir un aumento de potencia al suministrador de luz. Para ello ha tenido que ir a Industria y alli le han pedido el libro Verde.
Entonces... yo estoy dispuesto a rellenarle el libro verde, pero por ejemplo:
1.- en el libro verde pide pide pruebas de estanqueidad, presiones y algunos otros datos. Ya que viene directo de fábrica y los equipos estan en garantia yo no puedo "meterle mano" ya que la garantía quedaría anulada...
2.- Pide la marca, el modelo y el número del compresor. La marca y el módelo se puede ver, pero para ver el nº de serie tendria que realizar un desmontaje del equipo, con lo cual también anularia la garantia...
Alguna solución?