Cumplir Artículo 32 del PGOU MADRID en Sala Máquinas Frigori

Quisiera saber si hay alguna forma de no aplicar el Artículo 32 del PGOU Madrid a una industria ubicada en un Polígono.
Necesito evacuar 2,7 m³/s en una Sala de Maquinaria Frigorifica, no queremos poner chimenea, ni tampoco subir los equipos a la cubierta.¿Alguien ha planteado otra solución u otra justificación?
Un saludo.
El artículo 32 dice:
VENTILACIÓN FORZADA Y/O ACONDICIONAMIENTO DE LOCALES Y VIVIENDAS .
Art. 32
32.4.- Para volúmenes de aire superiores a 1m3/sg, la evacuación se hará siempre a través de chimeneas exclusivas cuya altura supere al menos en 1metro la del edificio propio y la de los existentes, sean o no colindantes en un radio de 15 metros.
Para volúmenes inferiores se hará mediante rejillas
Necesito evacuar 2,7 m³/s en una Sala de Maquinaria Frigorifica, no queremos poner chimenea, ni tampoco subir los equipos a la cubierta.¿Alguien ha planteado otra solución u otra justificación?
Un saludo.