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Legalización Acondicionamiento Térmico Sala CPD y Normativa

NotaPublicado: 23 Mar 2010, 17:01
por Lithium
Me encargan un proyecto para la climatización de un CPD (ya está hecha, se acaba de terminar la obra :cabezazo ): dentro de una instalación mucho más grande en la que hay una red de agua fría para otros usos y que utilizo para lo mío, a parte coloco una enfriadora de reserva para el caso de paradas de la red principal de agua fría. Se ponen 2 climatizadoras (sin producción de frío).

Me surgen enormes dudas respecto a la reglamentación aplicable: RITE, RSF o hay alguna "específica"?. Entiendo que RITE es para bienestar de personas y aquí el objetivo es otro...

Ese proyecto me lo piden para la climatización, no para el CPD en conjunto, por tanto lo que quieren es "legalizar" esa parte de la instalación (las otras se supone que o ya lo están o hay otros proyectos por ahí en caso de que sean necesarios). Pero yo no sé si el objetivo es obtener el "libro de registro de instalaciones frigoríficas" ó los "boletines de climatización" como cualquier instalación de clima, u otro documento...

Por otra parte, si lo que manda aquí es el RSF el proyecto sólo sería exigibe a partir de 30 KW de potencia de accionamiento de los compresores y en mi caso la enfriadora que se pone (de reserva) tiene una Pot. abs de 24 KW con lo que estaría por debajo. Pero si manda el RITE, pues habría que hacer proyecto al pasar de 70 KW térmicos...

A ver si alguien ha hecho algo de ésto y me orienta. No sobre aspectos técnicos del CPd que l otengo bastante claro sino sobre ésto temas "administrativos" o de "legalización" o como le queramos llamar.

Saludos :saludo

Re: Legalización Acondicionamiento Térmico Sala CPD y Normat

NotaPublicado: 25 Abr 2010, 11:01
por McManuel
Buenas Lithium, por mi trabajo, realizamos bastantes Centros de Procesamientos de Datos, y nunca se legalizan independientemente resto del edificio, ya que el RITE es para el bienestar térmico de las personas. Lo que sí legalizamos es la instalación frigorífica, siempre y cuando el cliente lo requiera o la instalación.
Piensa que si el RITE fuese de aplicación, tendrías que recuperar el calor, etc...

Es más, cuando la instalación del CPD se comparte con el resto del edificio (para mi un error), se justifica en el proyecto de climdiciendo que esa zona no se legaliza porque no hay personas en su interior.

Re: Legalización Acondicionamiento Térmico Sala CPD y Normat

NotaPublicado: 25 Abr 2010, 12:12
por roverman
Pues tal vez estemos ante la legalización de una actividad inocua a mi entender, ya que no entrañan excesivos riesgos para la seguridad de las personas y el medio ambiente.
En sus ordenanzas municipales, los ayuntamientos deben definir qué actividades se encuentran en este grupo y qué documentación debe presentarse para obtener la licencia, supongo que esta será una de ellas, debes consultarlo.
La legalización de una actividad inocua es la más simple de todas las legalizaciones, aunque también lleva su trabajo, deberás rellenar unos formularios de tipo técnico y aportar la documentación que en él se establece.

Si no esta sometida a reglamentos de seguridad industrial, sólo requeriría la participación del instalador autorizado. La instalación eléctrica podría ser una excepción a esta regla, tu tienes los datos.

En mi opinión solo debería prestar atención a las normas en materia contra incendios y al reglamento de plantas e instalaciones frigoríficas. El DB-SI del Código Técnico de la Edificación, porque no creo que sea de aplicación el de establecimientos industriales ¿O sí?

Otro bloque de normas a verificar son las ordenanzas municipales en materia de actividades : alturas libre mínima, colocación de banderolas publicitarias, instalación de equipos en el exterior de los locales, horarios, productos incompatibles, etc.

SALUDETES