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Prohibición de refrigerante R-22 en aparatos de refrigeración

NotaPublicado: 29 May 2012, 21:10
por sergiomc
Buenas noches.

El Reglamento CE 1005/2009, en su Art. 5, Punto 1 dice que "Quedan prohibidos el uso y la introducción en el mercado de sustancias reguladas" entre las que figura el R-22 (HCFC-22). En el Punto 3 continua sin embargo con que "El presente artículo no se aplicará a sustancias reguladas en productos y aparatos". Aquí es donde viene mi pregunta ¿este Punto 3 se refiere al R-22 que se encuentra dentro de los aparatos de refrigeración y se usa, con lo que, estaría exento de aplicación y por lo tanto se podría seguir empleando hasta acabar su vida útil?

Muchas gracias. Un saludo.

Re: Refrigerante R-22

NotaPublicado: 30 May 2012, 17:47
por manvegarr
Hola SergioMc,

Efecivamente, toda máquina que no puede compatibilizar el 410 o el 407 y por webs tenga que utilizar R-22 puede seguir hacíendolo, el problema es que según tengo entendido nadie te va a suministrar a precio normal R-22 en caso de recarga, porque se buena tinta que todo el mundo ha guardado una botella ante la prohibición, para poder seguir haciendo la recargas, pero en el caso de que el cliente sea muy pudiente, se recomienda cambiar los equipos e introducir el 407 o el 410 y si el cliente está con los mocos por el suelo pues se le hace el favor.

Un saludo.