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Sala de máquinas específica

NotaPublicado: 25 Jun 2015, 16:27
por cholopa
Buenas:

Estoy revisando el Reglamento de instalaciones frigoríficas, y no consigo encontrar el punto donde se indique cuando es necesario utilizar una sala de máquinas específica y cuando no.

¿Alquien puede iluminarme?

Saludos y gracias

Re: Sala de máquinas específica

NotaPublicado: 25 Jun 2015, 16:31
por cholopa
En el punto 4.2 se indica, pero en sólo en cierta medida.

Por ejemplo, según ese punto, yo entiendo que no porían instalarse enfriadoras al aire libre con mas de 100 kW en compresores, lo cual parece que no tiene sentido, puesto que al aire libre, no puede cumplirse lo requerido en el punto 4.2.2, ya que el aire libre no es un local.

Saludos,