Necesidad de proyecto equipos a presión en instalación industrial con marcado CE

Muy buenas a todos,
Os comento un caso que se nos ha planteado en mi empresa. Me gustaría contar con vuestra opinión al respecto.
Estamos trabajando con un cliente industrial que pretende dentro de sus instalaciones propias, ejecutar una pequeña instalación de compresión y almacenamiento criogénico de hidrógeno para consumo propio.
La empresa suministradora de los equipos y que realizará las instalaciones de tuberías, electricidad, etc. así como la puesta en marcha, realizará una Declaración de Conformidad conforme a las Directivas que le apliquen (PED, Máquinas, ATEX, ...) y emitir un certificado CE del conjunto.
Con ello, el titular pretende no realizar proyecto ni dirección de obra ni certificado de instalación de equipos a presión del R.D. 2060/2008,por entender que es todo ello una máquina y no una instalación. Lo mismo ocurre con la instalación eléctrica.
Planteada la cuestión en Industria, se cierran en banda y dicen que esto es una instalación en toda regla, que está muy bien disponer del marcado CE del conjunto pero que las instalaciones hay que legalizarlas conforme a los reglamentos nacionales de aplicación y sería necesario hacer proyecto y dirección de obra y legalizarlo en Industria. El hecho es que los argumentos que me han ofrecido tampoco me han parecido muy sólidos.
Espero haberme explicado. ¿Qué opinión os merece?
Muchas gracias!!
Os comento un caso que se nos ha planteado en mi empresa. Me gustaría contar con vuestra opinión al respecto.
Estamos trabajando con un cliente industrial que pretende dentro de sus instalaciones propias, ejecutar una pequeña instalación de compresión y almacenamiento criogénico de hidrógeno para consumo propio.
La empresa suministradora de los equipos y que realizará las instalaciones de tuberías, electricidad, etc. así como la puesta en marcha, realizará una Declaración de Conformidad conforme a las Directivas que le apliquen (PED, Máquinas, ATEX, ...) y emitir un certificado CE del conjunto.
Con ello, el titular pretende no realizar proyecto ni dirección de obra ni certificado de instalación de equipos a presión del R.D. 2060/2008,por entender que es todo ello una máquina y no una instalación. Lo mismo ocurre con la instalación eléctrica.
Planteada la cuestión en Industria, se cierran en banda y dicen que esto es una instalación en toda regla, que está muy bien disponer del marcado CE del conjunto pero que las instalaciones hay que legalizarlas conforme a los reglamentos nacionales de aplicación y sería necesario hacer proyecto y dirección de obra y legalizarlo en Industria. El hecho es que los argumentos que me han ofrecido tampoco me han parecido muy sólidos.
Espero haberme explicado. ¿Qué opinión os merece?
Muchas gracias!!