dobogo escribió:Aunque el juez repartirá estopa a diestro y siniestro (promotor, redactor del proyecto, instaladora, director de obra...) la mayor parte se la lleva el que firme el certificado final de obra.
Está muy extendida en la profesión, de manera errónea, que el CFO es un simple "según proyecto". Nada más lejos de la realidad. Si el proyecto tiene una deficiencia, el director de obra debe subsanarla amén de estar encima de que la instaladora haga bien su trabajo.
Si estás verde, no lo haría a menos que te asesoraras técnicamente muy bien.
Para tu tranquilidad, en un curso que hice en el colegio de ing ind de Andalucía Occidental se decía que penalmente era muy muy complicado imputar a nadie aunque civilmente sí.
Hazte un seguro que por supuesto debe pagar la empresa.
La LOE describe la figura del Director
de Obra y establece que éste asumirá la responsabilidad del proyecto que se ejecuta bajo su dirección, incluídas las posibles deficiencias, carencias, errores o faltas que pueda tener. Es la obligación del Director
de Obra la subsanación
de los mismos. Esto es en el caso
de la Edificación. Me imagino que en el caso
de las instalaciones será lo mismo. Con respecto al Seguro
de Responsabilidad Civil, sin tenerlo contratado lo más seguro es que el Colegio no te vise el proyecto.
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