cymaq escribió:No se si este es el post adecuado para la pregunta, creo que si.
Pues resulta que he hecho un proyecto de un tanatorio en una nave de un polígono industrial. La nave esta junto a otras pero tiene estructura independiente.
El Decreto 95/2001 de 3 de abril dice;
Los tanatorios deben reunir los siguientes requisitos generales:
a) Ubicación: Se ubicarán en edificios aislados, de uso exclusivo.
Antes de hacer el proyecto llamé a Policia Mortuoria y me dijeron que con estructura independiente se entiende que el edificio no comparta estructura con ninguno básicamente que cada edificio tenga su pared.
Pregunto:
¿porque el técnico del ayuntamiento se empeña en decirme que en las normas subsidiarias de su pueblo un edificio aislado no se entiende así sino que se entiende como que debe guardar una distancia entre linderos?
¿no creeis que hay que preguntar a los que redactaron la norma para saber que querian expresar con aislado o bien creeis que la norma depende de lo que en cada pueblo o ciudad se entienda por aislado?
Esta ha sido una de las conversaciones más absurdas que he tenido en mis seis años como Ingeniero Técnico y son de las que te hace replantearte si seguir haciendo este trabajo.
Después de descalificarme y de insinuar que he engañado a mi cliente aparecen panfletos de los vecinos en contra de la apertura al tanatorio con la misma (exacta) justificación que me da el técnico.
Supongo que esta última parte debería ir en otro post (uno sentimental), lo siento pero no me he podido resistir.
Pídele esas "normas subsidiarias" de su pueblo, a ver dónde lo dice y de que manera, y a partir de ahí valoras el tema.

Haciendo de mami de una pequeña supernena, y horneando a otro pequeño :)