- 13 May 2010, 19:01
#220751
Estimado amigo , si lo consideras como taller de formación quizas tengas que aplicar la reglamentación de local de publica concurrencia , segun numero de alumnos , ocupación etc.. Te obligaran a cumplir la normativa de accesibilidad etc. Ya que algún alumno puede tener algun tipo de minusvalia . Señalización de emergencia , vias de evacuación etc. Homologar las aulas de formación si se va a impartir cn subvenciones publicas. La accesibilidad te la tendrá que firmar un AT o Arquitecto. Las instalaciones electricas un tecnico competente en la materia.
Ademas , por ser Establecimiento industrial (almacen de material inflamable), las instalaciones deben cumplir la normativa de contraincendioa en establecimientos industriales . Es importante , ya que el sector de la carpinteria , considera como atmosferas potencialmente explosivas por el tema de la acumulación de polvo. . Tendras que justificar la division de zonas , la carga de fuego y unas cuantas cosas mas.
Lo que tienes que tener en cuenta es que como local de publica concurrencia , la legalización es como centro de formación aunque solo se hagan practicas. Esta actividad es la que define. Si no hay procesado del producto se entiende que no hay actividad industrial. Lo del almacen sería secundario.
Espero que te sirva estos modestos consejos.
uno , dos , tres , que maravilloso ,
cuatro , cinco , seis
siete me encanta el siete ..
diez JA JA JA
si diez JAJAJAJA precioso número me gusta.