Dudas relativas a la documentación proyectual y dirección facultativa
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#253111
Buenos días,

Es la primera vez que escribo en este foro y no se si lo he colocado bien...
Mi duda es la siguiente. Hemos realizado las obras de una nave industrial que se va a destinar a taller mecánico (de unos 350 m2). El arquitecto nos facilito el proyecto básico y de ejecución, y mi duda es si es necesaria la realización de un proyecto de actividad o de algún proyecto de otro tipo para poder legalizar la instalación y la actividad.
Muchas gracias de antemano y un saludo.
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#253114
Sí. Es necesario.

Es necesario siempre que haya una actividad. Un taller mecánico, un dentista o una tienda de pipas.

Se gestiona ante el ayuntamiento, y con su ordenanza, podrás ver el tipo de gestión que tengas que realizar.

Para un taller mecánico, lo lógico es que tengas que hacer un proyecto firmado por un ingeniero colegiado, y también sería normal que una empresa colaboradora de la administración hiciera una inspección, para comprobar que lo instalado se adecúa al proyecto.

Pero al final depende del ayuntamiento, y depende de dónde estés, la gestión puede variar.

Si estás en Barcelona o provincia, dime algo e igual puedo ayudarte.
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#253118
jose-mac escribió:Sí. Es necesario.

Es necesario siempre que haya una actividad. Un taller mecánico, un dentista o una tienda de pipas.



Eso es relativo, ya que en los lugares en los que está instaurado el sistema de declaración responsable, dependiendo de la actividad será necesario un proyecto de actividad con su respectiva dirección técnica o bien un plano de distribución y un certificado y poco más.

En general, depende de si es actividad calificada o no, de la superficie del local (ésto en algunos sitios, no en todos), de si es actividad recreativa o de espectáculos públicos, etc... Lo mejor ante la duda es preguntar directamente al Ayuntamiento, o buscarte un ingeniero o ingeniero técnico industrial de tu zona que te asesore sobre el tema.

En tu caso, para un taller mecánico, independientemente de la comunidad autónoma, me atrevería a decir que es actividad calificada sí o sí, por lo que lo mejor que puedes hacer es buscarte un técnico de los anteriormente citados y que te lleve el tema.
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#253263
Siendo taller, seguro que sí.

Nota: Si en lugar de un arquitecto hubieses contratado un ingeniero, te habría hecho el mismo trabajo o mejor, a menos precio (te ahorras el aparejador) y no tendrías estos problemas ahora. (Perdonad el ramalazo corporativista)
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#253312
Un taller a todos los efectos es una industria por lo que tienes que:

* Inscribirla en el Registro Industrial. PROYECTO.
* Legalizar la instalación eléctrica como taller. PROYECTO ya que tienes liquidos y gases inflamables.
* Aplicar el raglamento de protección contra incendios en establecimientos industriales .. y aqui ya puede ser el festival porque casi con toda seguridad la estructura de la nave que te ha proyectado el arquitecto no te valdrá porque no tendrá la resistencia al fuego que requiere el reglamento y problablemente con la superficie de que das y la actividad que es, según como sea la nave puee ser ilegalizable por temas de sectorización.

Eso pasa por poner en manos de arquitectos cosas de las que tienen ni pajolera idea, aparte de que te habrán cobrado unos honorarios que todavía debes de estar tiritando.

Suerte.
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#253396
JORDIM escribió:Un taller a todos los efectos es una industria por lo que tienes que:
* Legalizar la instalación eléctrica como taller. PROYECTO ya que tienes liquidos y gases inflamables..


:yep local clase I según ITC-BT-29, puede suponer un buen gasto el sistema de instalación.
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#253662
grangulp escribió:Nota: Si en lugar de un arquitecto hubieses contratado un ingeniero, te habría hecho el mismo trabajo o mejor,

Suposición infundada a menos que conozcas al arquitecto contratado y al ingeniero que hubiera contratado.
grangulp escribió:a menos precio

Idem.
grangulp escribió:(te ahorras el aparejador)

Arquitecto y arquitecto técnico hace funciones diferentes y cobran por ellas. El ingeniero que haga ambas cobrará por ambas.

Lo mismo opino del comentario de JORDIM
JORDIM escribió:Eso pasa por poner en manos de arquitectos cosas de las que tienen ni pajolera idea, aparte de que te habrán cobrado unos honorarios que todavía debes de estar tiritando

Me temo que la n sobra. Hay arquitectos que se dedican precisamente a eso -como muchos ingenieros- y arquitectos que no han hecho en su vida un proyecto de actividad.
Sobre los honorarios, vuelve a ser una suposición.
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#253670
berobreo escribió:
JORDIM escribió:Eso pasa por poner en manos de arquitectos cosas de las que tienen ni pajolera idea, aparte de que te habrán cobrado unos honorarios que todavía debes de estar tiritando

Me temo que la n sobra. Hay arquitectos que se dedican precisamente a eso -como muchos ingenieros- y arquitectos que no han hecho en su vida un proyecto de actividad.
Sobre los honorarios, vuelve a ser una suposición.


Todavía estoy por ver un proyecto de actividad hecho por un arquitecto que no sea una bazofia, y he visto unos cuantos. De los honorarios, al foro te remito.

Es mi experiencia. Lo siento pero no tengo otra.
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#253684
Creo que la discusión no llevará a ningún lado, siento el offtopic, sólo quería expresar mi disconformidad con las generalizaciones. Lo mejor será volver al tema planteado por kalamar102.
JORDIM escribió:Un taller a todos los efectos es una industria por lo que tienes que:
* Inscribirla en el Registro Industrial. PROYECTO.
* Legalizar la instalación eléctrica como taller. PROYECTO ya que tienes liquidos y gases inflamables.
* Aplicar el raglamento de protección contra incendios en establecimientos industriales .
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#253725
berobreo, estoy de acuerdo con todo lo que has dicho, excepto con esto:
berobreo escribió:
grangulp escribió:(te ahorras el aparejador)

Arquitecto y arquitecto técnico hace funciones diferentes y cobran por ellas. El ingeniero que haga ambas cobrará por ambas.

Hasta donde yo sé el arquitecto también cobra por la dirección de obra, sin embargo (y no generalizo, solo hablo de hasta donde yo sé) jamás aparece por la obra.
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#253861
fsi escribió:Hasta donde yo sé el arquitecto también cobra por la dirección de obra, sin embargo (y no generalizo, solo hablo de hasta donde yo sé) jamás aparece por la obra.

Podría decir lo mismo de ingenieros de instalaciones o de telecomunicaciones, pero las tornas van cambiando.
A estas alturas, contratar a un arquitecto o un ingeniero que no cumpla su cometido y sólo firme resulta grotesco, salvo que lo que se busque sea precisamente eso por razones más o menos inconfesables.
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#253864
fsi escribió:Hasta donde yo sé el arquitecto también cobra por la dirección de obra, sin embargo (y no generalizo, solo hablo de hasta donde yo sé) jamás aparece por la obra.

Podría decir lo mismo de ingenieros de instalaciones o de telecomunicaciones, pero las tornas van cambiando.
A estas alturas, contratar a un arquitecto o un ingeniero que no cumpla su cometido y sólo firme resulta grotesco, salvo que lo que se busque sea precisamente eso por razones más o menos inconfesables.

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