por sergioxmc
- 22 May 2013, 10:14 22 May 2013, 10:14

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- 22 May 2013, 10:14
#322662
Por si a alguien le sirve de orientación. Tengo entre manos la legalización eléctrica de un recinto ferial, son varias líneas subterráneas que alimentan a cuadros de distribución y éstos a su vez alimentarán a las atracciones, casetas, etc...
Os pongo aquí la consulta que hice a industria y su respuesta:
CONSULTA:
"Buenos días tenemos una instalación eléctrica a legalizar y quería hacer consulta sobre el tratamiento que se podría dar a esta instalación.
Se trata de un recinto ferial en un municipio. La instalación consta de acometida, equipo de medida indirecta y varias líneas de BT subterráneas que suministran la alimentación a varios cuadros de reparto, ubicados en determinados puntos del recinto, donde se conexionan casetas, atracciones, etc.
La consulta es sobre los circuitos que aparecen en la instalación. Debería considerarlos como una red de distribución subterránea? Circuitos en montaje enterrado?...
Otra consulta. En general, esta instalación estaría comprendida dentro de las de pública concurrencia me imagino, aunque solo se use determinados días a lo largo del año, en la celebración de ciertos eventos. Estoy en lo correcto?
Saludos."
RESPUESTA:
"Estimado Ciudadan@:
La Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo le informa que:
l.No existe un procedimiento de legalización específico para las redes de distribución asociadas a las Ferias. Se entiende que se legalizarán como red de distribución en baja tensión para un solo abonado que será el ayuntamiento
de la localidad de ser así lo previsto en el proyecto técnico. La potencia
será la que el proyectista calcule que pueda requerir el recinto ferial.
Pudiera discutirse la determinación como local de pública concurrencia, que en definitiva, serían las casetas propiamente dichas, como establecimientos cerrados. No obstante, remitirle a la ITC BT 28 del Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión.
Si estima que precisa más información para su consulta, puede acudir al Servicio de Atención Telefónico (902 11 30 00/955 063 910) en horario de 08:00-20:00 de Lunes a viernes laborables.
Agradeciendo su consulta, le enviamos un cordial saludo.
Servicio de Atención a la Ciudadanía. Modalidad No Presencial.
Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo"
Saludos.
Os pongo aquí la consulta que hice a industria y su respuesta:
CONSULTA:
"Buenos días tenemos una instalación eléctrica a legalizar y quería hacer consulta sobre el tratamiento que se podría dar a esta instalación.
Se trata de un recinto ferial en un municipio. La instalación consta de acometida, equipo de medida indirecta y varias líneas de BT subterráneas que suministran la alimentación a varios cuadros de reparto, ubicados en determinados puntos del recinto, donde se conexionan casetas, atracciones, etc.
La consulta es sobre los circuitos que aparecen en la instalación. Debería considerarlos como una red de distribución subterránea? Circuitos en montaje enterrado?...
Otra consulta. En general, esta instalación estaría comprendida dentro de las de pública concurrencia me imagino, aunque solo se use determinados días a lo largo del año, en la celebración de ciertos eventos. Estoy en lo correcto?
Saludos."
RESPUESTA:
"Estimado Ciudadan@:
La Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo le informa que:
l.No existe un procedimiento de legalización específico para las redes de distribución asociadas a las Ferias. Se entiende que se legalizarán como red de distribución en baja tensión para un solo abonado que será el ayuntamiento
de la localidad de ser así lo previsto en el proyecto técnico. La potencia
será la que el proyectista calcule que pueda requerir el recinto ferial.
Pudiera discutirse la determinación como local de pública concurrencia, que en definitiva, serían las casetas propiamente dichas, como establecimientos cerrados. No obstante, remitirle a la ITC BT 28 del Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión.
Si estima que precisa más información para su consulta, puede acudir al Servicio de Atención Telefónico (902 11 30 00/955 063 910) en horario de 08:00-20:00 de Lunes a viernes laborables.
Agradeciendo su consulta, le enviamos un cordial saludo.
Servicio de Atención a la Ciudadanía. Modalidad No Presencial.
Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo"
Saludos.