Dudas relativas a la documentación proyectual y dirección facultativa
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#47213
buenos dias.

necesito saber la anchura libre de paso a un aseo de minusvalidos (con puerta corredera), tanto para aseo adaptado como para aseo practicable.

gracias.
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#47214
Aqui en galicia son 0.80 m , y creo que en Valencia, los pasos son tambien de 0.80, sin importar si es adaptado o practicable.
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#47216
orden 25 de mayo 2004.
DOGV 4771 de 9 de junio de 2004
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#47221
OK. Siendo adaptado 85cm, y practicable 80cm.
Lo que no tengo claro ahora, es la anchura libre minima de un aseo de una vivienda para misnusvalidos. Entiendo que seria la misma que para locales (80cm).
¿Me equivoco?
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#47229
A ver Valencianos, aprovecho para haceros una pregunta al hilo de lo que se esta hablando. Vuestro decreto 39/2004 cuando define itirnerio de uso publico dice que son los recorridos desde los accesos principales hasta todas las zonas de uso publico del edificio.

Esto significa que si tengo una cafeteria con dos plantas, la planta alta tiene que ser accesible ( es decir poner un ascensor), o basta con que la escalera sea adaptada o practicable segun corresponda.

Es que por aqui si en la planta alta se desarrolla la misma actividad que en la baja, el itinerario se considera solo en planta baja.
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#47231
El itinerario de uso publico principal comprende todo el local, excepto las estancias del personal. Por tanto, si no un salvaescaleras habria que instalar un ascensor.
¿Y en una vivienda, las anchura ilbre de puertas minima es de 85cm?
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#47258
raveri escribió:Es que por aqui si en la planta alta se desarrolla la misma actividad y con duplicidad de estancias que en la baja, el itinerario se considera solo en planta baja.

aquí igual...
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#47271
Pero, ¿eso lo dice expresamente en algun lado de la ley 1/1998, el decreto 39/2004 o la orden 25/05/2004? porque acabo de hablar con urbanismo de Orihuela y me han dicho que debe ser accesible todo el local ( a esperas de confirmación por otro técnico)
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#47273
Pues con ese planteamiento, un minusvalido lo tiene crudo en un centro comercial...
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#47275
no lo pone expresamente ni explícitamente... efectivamente depende de cada técnico municipal (en Orihuelica del señor son bastante especiales)

En un centro comercial, no solo es de aplicación la normativa Valenciana, a nivel nacional hay otras que lo exigen....
Y en un cento comercial siempre hay ascensores de discapacitados... pero hablamos de un local de 60 m2 como una tienda de ropa....
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#47276
Mozart en ese caso esta claro que deben ser accesibles todas las plantas, ya que tendran negocios distintos, estamos hablando de un mismo negocio con dos alturas y que desarrolle la misma actividad en ambos, estando todos los servicios en la planta accesible.
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#47922
mineros escribió:Creo que ya lo he puesto alguna vez, pero merece la pena http://www.codigotecnico.org/index.php?id=508

:saludo


:amo :amo

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