Pues vaya, para mí las medidas correctoras en un proyecto de actividad son TODAS aquellas actuaciones necesarias para adaptar una actividad a la normativa que le afecte.
Ya sea esta normativa de tipo ambiental, de seguridad contra incendios, de seguridad e higiene en el trabajo, eléctrica, etc...
Esto es, si una actividad necesita instalar un filtro para limitar la emisión de partículas, incluyo esta medida como
correctora en el proyecto.
Pero es que, si necesita instalación de BIE (y no la tiene), defino también esta ampliación como medida correctora. Y lo mismo con una distancia entre máquinas (por ejemplo), o si hay que adecuar una línea de alimentación eléctrica, o lo que sea...
Para mí, todas son medidas correctoras, de cara a regularizar la situación de la actividad en función de la normativa afectada, y no sólo las relacionadas con normativa ambiental.
No obstante lo anterior, tomo nota de vuestros matices...
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