Intervenciones relativas a energía solar (no incluidas en el ámbito de la edificación), eólica, de la biomasa, minihidráulica, geotérmica y de los mares
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#198576
Hola estoy mirando el RD 1578/2008, de 26 de septiembre, de retribución de la actividad de produccion de energia electrica mediante tecnologia solar fotovoltaica...

En dicho RD se indica en su articulo 4 que para tener derecho a la retribucion recogida en el mismo será necesaria la inscripcion con caracter previo de los proyectos o instalaciones en el Registro de preasignacion de retribucion.

En el Anexo II de este RD se indica la documentacion necesaria a presentar para la solicitud de inscripcion en dicho registro.

Entre la documentacion a presentar se indica que uno de los documentos a aportar es la licencia de obras del proyecto de instalacion, otorgado por el organo competente.

La concesion de la licencia de obra mayor por el ayuntamiento que corresponda llevará asociado unos costes de tramitación, generalmente entre el 2% y el 5% del presupuesto del proyecto. Entiendo que por tanto entre otros factores si no hay este pago previo no habra concesion de licencia de obras.

Pues bien, ¿que ocurre si una vez presentada toda la documentacion para la inclusion en el registro de preasignacion de retribucion tu solicitud es inadmitida? ¿pierdes el dinero que has pagado como costes de tramitacion por la concesion de la licencia de obras de la instalacion fotovoltaica que pretendías realizar o es recuperable este dinero?

Un saludo
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#198583
Si renuncias a la realización de la obra el ayuntamiento de devuelve el dinero, de todos modos es práctica común que se queden con un x % en concepto de "gastos de tramitación" pero supungo que depende de los ayuntamientos.

El verdadero problema de pasta lo tienes con el aval. Eso si que es pasta que hay que poner por delante o costes financieros que hay que pagar, y teniendo en cuenta que hay preasignaciones presentadas para tres años, afila el lápiz.
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#198587
500 €/KW, tu calcula...

100 KW... 50000 € de aval... pongamos que a un 0,5% mensual... 250 euracos cada mes durante los 2 añazos que puede durar desde que pides hasta que obras y conectas..., 6000 lereles...
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#198603
cierto luism es una pasta.
He estado mirando los retrasos para instalaciones en cubierta y los inscritos en este ultimo trimestre del año ya iban con 1 año de retraso aproximadamente con respecto a su fecha de licencia de obras y de solicitud de punto de conexion... asi que creo que desde que te inscribas en el registro de preasignacion minimo el añito y medio no te lo va a quitar nadie hasta que puedas empezar a realizar la instalacion si es que te inscriben finalmente ya que la cola va "in crescendo"
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