Trámites ante la Administración, empresas suministradoras, etc.
por
#134558
intec escribió:Te respondo lo que tenemos por aqui en Andalucia. ....


Aprovecho que está aquí este hilo para mi consulta. Tengo la posibilidad de hacer Pycto+D.O. para la construcción de nave ind. en un P.I. Yo no trabajo la profesión libre y por éso pregunto, todavía estoy en fase de ver si me interesaría (ingresos/gastos) y a qué precio. Lo que yo tengo entendido, y creo que tu mensaje lo confirma, es que para la construcción de la nave, de momento sin dedicar a actividad alguna, lo que se necesita es tramitar ante el Ayto. correspondiente la licencia y para éso hace falta el proyecto "de construcción" firmado por técnico competente (y visado). Posteriormente cuando se quisiese ejercer alguna actividad y dependiendo de ésta se precisaría (o no) un proyecto o informe y su tramitación ante los organismos pertinentes.
Me vienen algunas dudas. Una vez realizada la obra, y en el caso de haber llevado la D.O. y firmado el correspondiente certificado de final de obra, en realidad lo que el cliente tiene es únicamente una bonita caja de zapatos ¿no? (yo llamo a las naves cajas de zapatos desde que terminé la carrera). Quiero decir: no es una vivienda ergo no hay licencia de primera ocupación; no hay permiso para realizar actividad alguna. O sea que aquello, de momento no sirve para nada (¿para qué la certificación?) salvo quizá para actualizar el catastro y que le den enganche de luz, abastecimiento y saneamiento. ¿Es correcto?
¿Expide al Ayto. de turno (previa inspección si es el caso) algún tipo de documento que sirva para algo?
Tengo más preguntas relacionadas con este tema (honorarios, seguro, autónomo, etc) pero intentaré colocarlas en los hilos adecuados.
Una cosa más. El promotor tienen ideas propias sobre lo que quiere hacer en el futuro (una partición con divisiones interiores) y pretende dejar ya la estructura prevista para ello (escaleras para posibles particiones, etc). Entiendo que si el proyecto pasa la criba de las norma del P.P.I/subsidiarias y se permite la edificación prevista y en la forma prevista, ahí termina mi trabajo. Las correspondientes actuaciones (segregaciones, licencias de apertura, etc) necesitarían su tramitación independiente e incluso en su caso las reformas que fueran necesarias en instalaciones, estructura, etc. y sus correspondientes proyectos, D.O. y trámites.
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