Trámites ante la Administración, empresas suministradoras, etc.
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#133843
Hola y buenas tardes a todos. Llevo dandole vueltas un rato a esto de los proyectos necesarios para la apertura de esta gran superficie y mi duda es la siguiente. ¿Que proyectos son necesarios para este tipo de "establecimientos comerciales".?
Tengo claro que habra que hacer:

Proyecto de instalacion electrica.
Proyecto de PCI
pero ... alguno de "Nueva industria" ? No se como se rige el tema de cuando hay que hacer proyectos de nuevas industrias.

Doy por hecho que la licencia ambiental tambien.

Alguien podria asesosarme sobre esto????

Por cierto esta claro que hay crisis ... pero por favor en mi oficina no doy para mas con tanto proyecto y encima ahora tambien se me une otro de clima con el nuevo rite QUE NO TENGO NI IDEA ... jejeje

Un saludo a todos y muchas gracias por ayudarnos a todos en este foro.
Última edición por broklin el 17 Dic 2008, 10:39, editado 1 vez en total
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#134001
Bueno de momento lo que me ha dicho Industria, es que se catalogaria como gran superfiecie. Pero la mujer que me ha atentendido, no me ha sabido decir que proyectos para industria ( a parte del electrico) tendria que hacer.

Cuando sepa todo lo que tendo que hacer, dare una fiesta jejejeje.
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#134027
Bueno ... me voy contestando yo solo. Menudo post me estoy haciendo en solitario. Ahora SOLO ES ALMACÉN, por lo que entiendo que habrá que realizar los siguientes proyectos:

INSTALACIÓN ELÉCTRICA
PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS
LICENCIA AMBIENTAL

El almacén contendrá:

Productos textiles
Productos madera "véase muebles"
Productos electrodomésticos " véase televisiones"

¿¿¿Estoy en lo correcto con los proyectos???

Y para aclararme, de aquí en adelante, ¿ es la ley 21/1992? la que rige que es o que no es una INDUSTRIA y con ello lo que me indicaría si tendría que hacer proyecto de nueva industria:

1. Se consideran industrias, a los efectos de la presente Ley, las actividades dirigidas a la obtención, reparación, mantenimiento, transformación o reutilización de productos industriales, el envasado y embalaje, así como el aprovechamiento, recuperación y eliminación de residuos o subproductos, cualquiera que sea la naturaleza de los recursos y procesos técnicos utilizados.

2. Asimismo estarán incluidos en el ámbito de aplicación de esta Ley los servicios de ingeniería, diseño, consultoría tecnológica y asistencia técnica directamente relacionados con las actividades industriales.


Ya estoy así ... jejeje
:cabezazo
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#134378
broklin escribió:Soy invisible??? Nadie contesta a mis post de ninguna parte del foro ... ains ...

Hola broklin, me estoy leyendo tus 11 comentarios, y siento decirte, q en licencias ambientales, industrias y demás, no controlo, asi que poco puedo ayudarte, pero no por ello te ignoro.

En cuanto tengas alguna duda sobre algo que pueda ayudarte, como hago siempre, lo haré.

broklin escribió:Por cierto esta claro que hay crisis ... pero por favor en mi oficina no doy para mas con tanto proyecto y encima ahora tambien se me une otro de clima con el nuevo rite QUE NO TENGO NI IDEA ... jejeje

Eso me pasa a mi, hay crisis, hay q recortar gastos, nos quedamos la mitad de plantilla, pero el trabajo es el mismo, por lo q la proporción trabajador/trabajo se duplica.

Un saludo.
por
#135114
Buenos días.

Se trata de un establecimiento comercial con su almacén.

En uso es comercial no industrial.

Tienes que hacer un proyecto que defina todas y cada una de las instalaciones, la obra civil y la actividad.

La actividad la concede en este caso el ayuntamiento no industria.

Por industria tendras que pasar para dar de alta la luz y demás instalaciones, si corresponde.

Si necesitas alguna aclaración no tinenes más que decirlo.

Un saludo
por
#142572
A ver si no meto la pata.

En cuanto a las instalaciones de proteccion contra incendios.

En el punto 2 del Articulo 2. Ambito de aplicacion del REAL DECRETO 2267/2004 dice que, ademas de a los establecimientos industriales tal y como los define Se aplicará, además, a todos los almacenamientos de cualquier tipo de establecimiento cuando su carga de fuego total, calculada según el anexo I, sea igual o superior a tres millones de Mega julios (MJ).
Por lo que si al realizar el calculo del almacen te sale tres millones de Mega julios (MJ) o superior deberas legalizarlo ante industria.

Como comentas que es una gran superficies debes tener en cuenta lo que indica en el punto 2 del Articulo 3. Compatibilidad Reglamentaria.

2. Cuando en un establecimiento industrial coexistan con la actividad industrial otros usos con la misma titularidad, para los que sea de aplicación la Norma básica de la edificación: condiciones de protección contra incendios, o una normativa equivalente, los requisitos que deben satisfacer los espacios de uso no industrial serán los exigidos por dicha normativa cuando superen los límites indicados a continuación:

a) Zona comercial: superficie construida superior a 250 m2.

Con lo que deberas presentar (creo yo)
-Proyecto Licencia Ambiental
-Proyecto Electrico
-Proyecto Proteccion contra incendios (si la carga del almacen es superior a 3.000.000 de MJ)
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