Tramitación proyecto eléctrico en Sevilla (Valoración de 5.00 sobre 5, resultante de 1 votos)

Trámites ante la Administración, empresas suministradoras, etc.
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#9134
La colocacion de extintores portatiles no exige un certificado expedido por tecnico competente de la empresa instaladora y visado por el colegio correspondiente; ya que segun el art. 10 del RIPCI la instalacion de extintores no tiene porque ser realizada por instaladores debidamente autorizados. Al menos hasta que se publique el nuevo RIPCI no existen instaladores de extintores, existen otras figuras.
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#9193
Ok, "Pepe triple ele" toma nota.

No obstante, quiero preguntar al técnico de industria por si nos llevamos alguna sorpresa.

Prometo transcribir lo que me diga.


Saludos
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#24112
Refloto el hilo porque me pregunta es algo diferente.

LPC Cádiz, aforo 79 criaturas. Actividad: tienda.
Suministro en BT de unos 65 kW
PCI : Rociadores y extintores.

Supongo que la instalacion está liberalizada.

¿Qué impresos hay que rellenar/firmar?
Veo que Andalucía pide documentación de incendios para tramitar los boletines de BT. ¿Qué impresos hay que firmar/rellenar?

La verdad es que estoy hecho un pequeño lío ya que aquí es bastante diferente el asunto.

Gracias de antemano.
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#24162
Espero no liarte mucho Jordi.

Desde mi punto de vista la instalación de BT al ser la ocupación >50 personas no está liberalizada, según la orden 59/2005 de 1 de marzo que regula todo el procedimiento.
Mírate el ANEXO de esta orden donde te indica las instalaciones liberalizadas. Desde mi punto de vista no lo está.

Voy a hacer un compendio de todo el hilo
Se debe entregar por procedimiento LIBEX (Acrónimo de Libro expediente) la documentación de ciertas instalaciones. El procedimiento LIBEX permite entregar la documentación de instalaciones que no requieran autorización administrativa. Es decir, tu vas allí entregas la solicitud y la documentación y ellos te devuelven una copia sellada. Esto en realidad debería hacerlo el instalador, pero bueno así está la cosa.
En tu caso tendrás que entregar por este procedimiento la documentación de CALEFACCIÓN, CLIMATIZACIÓN (instalaciones entre 5 y 70kw) y al tener rociadores pues también de PCI.
Aquí te pongo el enlace de la junta para descargar las instancias autorrellenables.

http://www.juntadeandalucia.es/innovaci ... historico=

Inmediatamente después se entrega la documentación que requiere autorización administrativa, en este caso la instalación de baja tensión. La instancia de baja tensión no la vas a encontrar en la web de la Junta, pero te puede servir la que colgó ARQUIMEDES al principio del hilo. La documentación es (aunque ya la he repetido arriba):
1)Documentación genérica del solicitante. Escritura, Poder de representación, DNI del representante legal. (1 copia).
2) Proyecto (1 copia).
3) Dirección Técnica (1 copia).
4) Certificado instalador de BT. (5 copias).
5) Manual de Usuario. (5 copias).
6) Certificado favorable de organismo de control (1 copia).
7) Documento BT-1. (2 copias).
9) Autorizacion firmada por la propiedad para hacer tramites en su nombre. (1 copia)
10) Fotocopia del resto de instalaciones. Este punto es el que casa el expediente de BT con el resto de instalaciones. Dicho de otro modo, aunque tengamos instalaciones que no requieran autorización administrativa, es necesario entregar una fotocopia que de fe de que se ha entregado la documentación de las distintas instalaciones, ya que de lo contrario no te miran el expediente de baja tensión.



Bueno, espero que te sirva
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#24189
Muchas gracias Pepe.

Voy a tirar del hilo a ver que sale. :roll:

Espero que después de hacer 700 km no se me quede cara de bobo delante del funcionario de turno porque falta un papelito. :cabezazo

Gracias otra vez. Asi da gusto. :comunidad
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#24462
Por cierto, al menos en Córdoba, la Delegación en materia de Industria obliga a otras cosillas más, como:

Tener firmado un contrato de mantenimiento para los extintores.

Que el Director de obra o el electricista firme un certificado donde indique la medida de la tierra (independientemente de que también se indique en el boletín que se supone que también es un certificado).

También es conveniente que se indique que, si es el caso, no hace falta suministo de complementario.

Y también que no hace falta ascensor. Sí, como lo oís. Para la tramitación del boletín me han llegado a pedir que presente la documentación del ascensor. No veas el ataque de risa que me dio, teniendo en cuenta que era un lugar de una única planta.

Esto lo indico por si valer a alguien pudiera.


Saludos
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#32108
Vuelvo a reflotar el hilo porque la verdad es que no me aclaro.

Si no he entendido mal, como la instalación no está liberalizada, hay que proceder de la siguiente forma:

1.- Se proyecta.
2.- Se ejecuta.
3.- Se hace el certificado del instalador.
4.- Se pasa OCA.
5.- Se junta en un carpetita toda la documentación que comenta PepeLLL y se presenta en la consejería.
6.- Te esperas 20 dias y te contestan si si, o si no. Si si, a Sevillana, si no ... :ein

Dudas:

a) ¿El BT-1 es el que colgó arquímedes?
b) ¿Hay formulario específico para autorizar por parte de la propiedad a recoger documentación?
c) ¿Donde puedo conseguir un formulario del boletín? El instalador no sabe ni donde tiene la mano derecha y si no cojo yo el toro por los cuernos, el revolcón está asegurado.
d) No he visto por ningún sitio el modelo de la solicitud.

Una ayudita de los compañeros del Sur me iría de perlas. :comunidad
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#32176
¿Ningún gaditano, honubense, sevillano, granadino, malaguenño, jienense, almeriense ni cordobés me puede echar un capote?

:brindis
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#32181
Un par de cosas.

Las instalaciones a las que os referis no requieren autorización administrativa, todas están liberalizadas. Lo que ocurre es que el propio Decreto 59/2005 (al igual que su antecesor D 358/2000) establece dos procediimiento para la puesta de marcha de las instalaciones, según estén o no incluidas en su anexo. En el primer caso (procedimiento llmado LIBEX) la presentacicón ante la administración de la documentación solicitada acredita el cumplimiento reglamentario en materia de seguridad industrial.
En el segundo caso (instalacones que no requieren autorización adminstrativa pero no están recogidas en el Anexo del Decreto 59/2005) la administración revisará "FORMALMENTE" la documentación, disponiendo de 20 días para dar respuesta al interesado (no siempre es formalamente y no siempre son 20 días).

JORDIM, respondo a tus dudas:
a) No lo he visto, pero entiendo que sí, pues sólo hay un modelo BT1.
b) Si hay una autorización tipo (veré si la encuentro y te la adjunto más tarde)
c) Eso no lo tengo.
d) La solicitud es el propio BT-1 (por eso lo firma el titular y son dos copias, para que te sellen uno en registro como entrega de la documentación).
por
#32185
FRANKY ESTAS POR AHI
por
#32189
PARA UNA SALA DE FIESTA PARA MÁS 300 PERSONAS, HE PRESENTADO PROYECTO GENERAL CON TODAS LAS INSTALACIONES INCLUIDAS,
HE PRESENTADO LA DIRECC. OBRA, CERT.OCA., CERT.INSTALADOR ELECTRICO, MODELO BT-1, LAS FICHAS DE CLIMATIZACION Y PROTECCION CONTRA INCENDIOS.
LA SORPRESA HA SIDO QUE ME HAN EXIGIDO UN PROYECTO INDEPENDIENTE PARA LA CLIMATIZACION POR SER > 70 KW.
PERO SI EN LA FICHA TEC. DESCRIPTIVA REFLEJA QUE SE PUEDE ENTREGAR DE LAS DOS FORMAS COMO PROYECTO INDEPENDIENTE Y COMO PROYECTO GENERAL. ALGUIEN ME PUEDE AYUDAR O ACLARAR ALGO.
GRACIAS.
por
#32190
Espero que te sriva.
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#32192
Muchas gracias franky, ya he dado con el documento de autorizacion en la web de la consejería y el Cypelec me genera el boletín ( :beso al amigo sisifo).

Peaso foro tenemos

:comunidad
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#32198
franky escribió:Espero que te sriva.


Pues si, me sirve. Y mucho.

Una última duda.

Si se presenta el BT-1, ¿Debe de presentarse también el Documento de puesta en funcionamiento? Entiendo que es uno u otro pero no los dos.

¿Estoy en lo cierto?

Perdonadme el tostón.
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