- 17 Ago 2016, 13:47
#357490
[quote="Coricori"]Socorro: abria alguna exencion en algun articulo odecreto, para apartamentos turisticos, so 4 unidades, en un edificio de mas de 40 años? Alguien puede ayudarme decirme donde me puedo dirigir.. Algo[/quote]
Por si te sirve:
El CTE SUA solo exige habitación adaptada a partir de 5 unidades de alojamiento según tabla 1.1., si se trata de 4 apartamentos se puede entender que son cuatro unidades de alojamiento y por lo tanto no exigible la habitación adaptada.
Así mismo el CTE SUA 9 dice:
[i]En las zonas que deban disponer de elementos accesibles, tales como servicios higiénicos, plazas reservadas, alojamientos, etc. no es necesario que el itinerario accesible llegue hasta todo elemento de la zona, sino únicamente hasta los accesibles. Por ejemplo, en un salón de actos, el itinerario accesible debe conducir desde un acceso accesible a la planta hasta las plazas reservadas, pero no necesariamente hasta todas las plazas del salón.[/i]