- 26 Ago 2017, 12:52
#361420
LESOTEX (incluyendo las modificaciones posteriores) parece que establece una parcela mínima de hectárea y media (15.000 metros cuadrados), con una edificación cuya superficie no supere el 2% (300 metros cuadrados); si bien, previo informe favorable de la Consejería del ramo, la superficie de la parcela mínima podría ser menor.
Según exponéis, si la superficie de la nave requiere necesariamente de 840 m2 y ni uno menos, estaríamos hablando de una parcela de, al menos, 42.000 m2 (4,2 Ha).
Ciertamente, LESOTEX habla de 'unidad rústica', no de 'parcela', luego entiendo que cabría posibilidad de 'jugar' con agrupaciones, agregaciones, etc., aunque desconozco (no conozco vuestra normativa de forma suficientemente detallada) si podría hacerse con parcelas 'discontinuas'. En todo caso, y aun suponiendo fuera así, ¿hay posibilidades reales de que se pudiera plantear siquiera a eso?, ¿los respectivos dueños están por la labor?