- 26 Dic 2008, 12:39
#135186
una cosa es la praxis y otra es la legalidad, como no es lo mismo copia sellada de la documentación entregada que copia autentificadas (compulsas).
Por otro lado una cosa es recoger la documentación y comprobar unaa compulsa ya emitida (puedes pedir que la consejeria X te compulse un documento opara la consejeria Y) que lo puede hacer cualquier funcionario, y otro que es lo que estamos hablando de emitir la compulsa.
Valga un simil, cualquier guardia civil puede comporbar tu carnet de conducir pero ninguno puede emitirlo.
En cuanto a la ley dice que puedes obtener copia sellada de los documentos entregados pero se refiere a modelos, instancias, etc. pero es que ademas la ley no dice que cualquiera puede emitirla, sino que el organo receptor (registros) la emitira y en todos los registros principales hay un jefe de sección al menos. Ademas hay una sutil diferencia entre documento compulsado y comprobante de entrega.... Es decir el organo es el competente para compulsar no todos y cada uno de sus miembros....
Item mas.. cuando tu entregas una solicitud adjuntando documentación fotocopiada, lo que te entregarn sellada es la solicitud no te sellan la fotocopia que adjuntas al original entregado.
Además eso es facil ve a una administración de la junta y pide a cualquier funcionario (no jefe de sección para arriba) que te compulse algo si lo consigues dimelo para ir cuando me haga falta.
saludos compi
Ingeniería: Es la profesión que combina el arte y la ciencia con el fin de crear soluciones o alternativas para mejorar una situación.