Trámites ante la Administración, empresas suministradoras, etc.
Avatar de Usuario
por
#99556
Pues os comento un tema personal, no profesional, para ver si alguien que se dedique al tema sabe si se puede hacer o no. Al lio:

Compré una plaza de garaje en un edificio en construcción. El edificio todavía no está terminado (están todavía tabicando), pero el promotor tiene prisa y quiere escriturar ya el garaje, alegando que el garaje ya está terminado. A mi no me conviene escriturar todavía. Le he dicho que hasta que no termine toda la obra, nada de nada. El me ha dicho que va ha hacer (el arquitecto) un "certificado fin de obra parcial" para el garaje solamente, por lo que estaría terminado y me vería obligado a escriturar. ¿Se puede hacer fin de obra parcial? ¿es legalmente válido? (de cara a iberdrola, vado ayuntamiento, etc.)
Avatar de Usuario
por
#99561
Cuánto trapi :partiendo2 aunque por ser legal... :partiendo2
Avatar de Usuario
por
#99934
Se pueden hacer fines de obra parciales. De hecho es bastante corriente.

Pero normalmente hay unos mínimos para concederla por parte del Ayuntamiento. Y uno de ellos suele ser que el exterior del edificio este acabado: Fachadas, cerramientos, acera y demás.

Con el fin de obra, se podrá contratar suministro eléctrico, pero deberá estar terminado el cuarto de contadores y demás.
Avatar de Usuario
por
#99981
gracias
Avatar de Usuario
por
#99987
Buenoooo!!!, un caso de los buenos....

mira a ver si tiene luz el garaje....si no tiene --> no firmes nada, aunque te digan que está solucionado...que ya sabes como se las gasta ibertrola...

Entiendo que la luz del garaje depende de la centralización del edificio...

Conozco casos que ha pasado lo mismo pero con viviendas, y han estado 6 meses sin luz...

Suerte con los piratas. :alarma
Avatar de Usuario
por
#100029
Hola, en principio aqui en Canarias, dependiendo del número de vehículos o motos a aparacar en el interior del garaje, aparte del proyecto de obra del edificio, hay que tramitar un proyecto de licencia municipal de apertura como si se fuese una actividad clasificada por ruidos, vibraciones, peligrosa e insalubre de acuerdo a una ley autonómica 1/98.

Con lo cual para el garaje en cuestión no sería suficiente con el certificado final del obra parcial del arquitecto, tendría que existir el certificado final del autor del proyecto de instalaciones de la apertura las cuales han de ser:
Instalaciones electricas en B.t. incluyendo los cálculos luminotécnicos y de alumbrado de emergencia con recorridos de evacuación y puntos críticos, instalaciones de protección contra incendios según el DB.SI del C.T.E. ínstalaciones de saneamiento, instalaciones de aislamiento acústicos, instalaciones de ventilación bien sean natural o forzada, justificación de la norma de atmosferas explosivas.

Luego si todos estos servicios no están terminados, dificilmente le darán la licencia de apertura o de ocupación al garaje en cuestión, pero claro , como te comenté al principio eso es aquí en Canarias.

Un Saludo. :botando
Avatar de Usuario
por
#100033
:yep
No solo en Canarias.
Un saludo
Palabras clave
Temas similares

Usuarios navegando por este Foro: No hay usuarios registrados visitando el Foro y 1 invitado

Permisos de mensaje

No puede abrir nuevos temas en este Foro
No puede responder a temas en este Foro
No puede editar sus mensajes en este Foro
No puede borrar sus mensajes en este Foro
No puede enviar adjuntos en este Foro