Trámites ante la Administración, empresas suministradoras, etc.
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#133893
Hola,

un cliente me pregunta si puede colocar en edificio de viviendas toda una oficina en un piso que esta en la 5a planta. El cabezota me dice que si pero me han dicho que es un tio un poco pirata :cabezazo

yo tengo entendido que si el edificio no es de oficinas solo se puede colocar una oficina en una entreplanta de un edificio de viviendas, pero no se que ley lo indica, si alguien me puede decir la ley que regula esto para enseñarle al cliente me ayudaria.

gracias!!!
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#133895
Deberías pedir información urbanística al ayuntamiento donde se quiera implantar esa actividad. Depende bastante del municipio, ya que en algunas ciudades está limitada la implantación de esos usos, en edificios de uso principal residencial, a plantas bajas y primeras plantas.

:saludo

Si es en Barcelona ciudad, acude a la "seu del districte" pertinente y pregunta allí.
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#133897
en general en pisos solo se permiten oficinas profesionales como consultas médicas, estudios de ingenieria, asesorias y demás. Por lo menos en mi zona existen bastantes, otra cosa es que tengan licencia :ein :ein
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#133900
pues bubble,

es en Vilafranca del Penedès, veo que eres de l'Alt Penedès esto es tu zona! no sabras algo?

aver si estoy de suerte!! :botando
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#133949
Desconocía esa restricción.
Bubble trabaja en la administración pública,a si q seguro sabe algo de tu zona.... :beso
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#134019
y puestos a preguntar saber también si alguin lo sabe de Barcelona.

:amo
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