Hola mapadon.
La diferenciación entre obra menor y obra mayor te la dirán exactamente en el ayuntamiento en cuestión.
De mi experiencia puedo decirte que, en general, cuando no se toca estructura, ni se afectan volúmenes constructivos ni se modifica edificabilidad, se considera obra menor, como sería tu caso.
Aunque por dentro arramples con todo, sanees todos los espacios e instalaciones y remodeles el conjunto, mientras no toques estructura, volúmenes, distribuciones, ocupación y edificabilidad, no se considera obra mayor. Precisamente tengo ahora mismo un caso como el tuyo entre manos: cambiamos todo por dentro, pero no tocamos "lo importante", así que, obra menor.
Pero repito, esto es lo que yo me he encontrado en general; así que mejor pregunta al técnico municipal de urbanismo, que te definirá qué criterio siguen en ese ayuntamiento en concreto.
Respecto a la justificación de la estabilidad de la nave, pues no sé, no es mi especialidad. Pero, ¿cuánto tiempo lleva ahí, de pie, la Catedral de Santiago? Y, ¿a qué temperatura arde la piedra?
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