Como han cerrado la linea de referencia¿No se porque? voy a contestar bajo mi total responsabilidad lo que os puedo decir:
En terminos generales y absolutos cualquier ley debe ser publica para general conocimiento. Es decir si se publica una ley o reglamento que hace referencia a la norma UNE xxxx esa norma UNE xxx debe ser publica. Si esta condicion no se cumple la ley o el reglamento sse puede impugnar de inconstitucionalidad(creo que con alguna posibilidad de exito).
Cosa diferentes son las normas que no sean de obligado cumplimiento hay por lo que parece la empresa que sea pone precio y no hay medio de impugnar nada.
En definitiva que el camino juridico seria impugnar los reglamentos donde se cite la une en virtud de que la une debe ser publica.- CONTESTACION DE LA DEFENSA DE AENOR.- La norma es publica porque esta a libre disposicion en nuestra biblioteca y en los colegios. DE QUE HAY QUE CONVENCER A LOS JUECES DE TURNO?.- de que esa publicidad aparente es falsa, porque una publicidad tan limitada llega a convertirse en imposibilidad de conocer la ley(lo cual es anti-constitucional y antitodo).
El asunto seria impugnar primero 10 ó 15 reglamentos, por no meter una lista de doscientos,y ver que pasa. El precio? pues la verda yo no ejerce ahora pero a ojo de buen cubero y sin animo de nada yo estimo que de 6000 E no bajaria la broma, pudiendo multiplicarse por un digito inclusive. Sigo en otro
NdelA: insisto, prosígase en viewtopic.php?f=3&t=5199