eso no es del todo correcto, existen asociaciones de peritos tasadores inmobiliarios como APTI y otras (yo soy II y estoy dado de alta en APTI y he hecho unas cuantas tasaciones judiciales sin ningun problema, eso si, previos cursos de tasacion realizados en una empresa tasadora homologada, que son quienes imparten estos cursos con seriedad (tipo TINSA y otras), ademas de la asociacion de agentes de la propiedad inmobiliaria, que pueden tasar, ademas de los turnos de oficio de los colegios de arquitectos y aparejadores.
Si lees con detenimiento la Ley de enjuiciamiento Civil en el apartado de designacion de peritos judiciales, veras que no pone en ningun sitio que los ingenieros no puedan tasar, de hecho lo hacen, aunque es un tema mas copado por arquitectos y aparejadores.
El curso de peritos judiciales que suelen ofrecer por ahi a 1800 euros (tipo SURGE y otras), es un engañabobos porque el temario es muy muy pobre y aunque te dan de alta en APTI y ellos te inscriben en los juzgados que tu digas, no te llamaran mas de una o 2 veces al año, es poco rentable la verdad, y si a eso le sumas que la mayoria de tasaciones judiciales para tema inmobiliario son para expropiaciones, embargos, divorcios, etc...la tasacion se complica (por la orden ECO) no siendo un simple metodo de comparacion de muestras, a menudo suele ser aplicando el metodo residual, coste de reposicion, capitalizacion de rentas etc...y la cosa no es tan sencilla como para resolverla con los conocimientos de un curso tan simple y pobre en contenidos.
Actualmente se esta llevando a cabo un proyecto de ley para eliminar a los agentes de la propiedad (a menudo sin titulacion universitaria) y para implantar un MASTER OFICIAL que habilite para ser perito judicial, de hecho creo que ya hay alguna universidad que lo imparte como avanzadilla de lo que va a ser. De este modo ademas de ser tecnico competente sera necesario tener dicho master o acreditar X tiempo realizando esa funcion.
Por otro lado, sobre los honorarios, es el perito judicial designado por el juzgado quien fija los honorarios (razonables) y ademas esta en su derecho de solicitar una provision de fondos (del % que crea conveniente) para realizar el dictamen, de tal forma que si no se deposita dicha provision en un plazo...el perito puede negarse a realizarla, en cuyo caso el demandante de dicho peritaje judicial (las partes intervinientes en el litigio), quedan sin posibilidad de que se designe un nuevo perito, y por tanto el juicio se celebra sin dictamen pericial.
Mi consejo...termina la carrera y no des dinero a empresas de medio pelo que te aseguran un trabajo que no te daran y para el que no te capacitaran.
Un saludo.
Floren escribió:Sólo te saldrá rentable si conoces a alguien del juzgado que te proporcione las peritaciones.
Respecto a lo del título, decirte q ser ingeniero no te da atribuciones para tasar viviendas.
Si las tasas y la otra parte recurre tu tasación, está será no valida.
Puedes tasar aquellas cosas a las q se extienden tus competencias.
Las viviendas son cosas de los arquitectos y de las aparejadores.
Si necesitas documentación te la aporto.
Un saludo