Atribuciones Ingeniero Caminos para nave industrial (Valoración de 5.00 sobre 5, resultante de 1 votos)

Atribuciones y competencias profesionales, asociación corporativa, opiniones y críticas de la profesión, etc.
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#223194
y a un ingeniero tecnico industrial especializado en quimica industrial no valdria??...yo creo que si no, de hecho la firma del Ingeniero Quimico ....ejem no es por polemizar, pero no le veo mucha salida yo en registro industrial ni en industrias agrarias, vamos que no lo veo....en todo caso en separatas de proyecto

:saludo :usuario
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#223216
Caminos por suspuesto que tiene competencia técnicamente hablando. Otra cosa es que a alguién no le guste y empieze a hablar de intrusismos profesionales respecto a los industriales.
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#223308
kensoi escribió:Caminos por suspuesto que tiene competencia técnicamente hablando. Otra cosa es que a alguién no le guste y empieze a hablar de intrusismos profesionales respecto a los industriales.


Para construir la nave seguro que las tiene. Para hacer el proyecto de actividad de algo tan específico, no acabo de verlo. Para registrar las instalaciones en industria lo mas probable es que le pongan muchas pegas. Y sin conocer el plan de estudios de un ICCP, supongo que habrá instalaciones que sepa diseñar y calcular, y otras que no.
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#223406
Pienso que por competencias , para construir , proyectar y dirigir , como cualquier ingeniero o ingeniero técnico . En ley de edificación lo deja claro Grupo B) construcciones que no son ni escuelas , iglesias, viviendas u hospitales ..que son de los arquitectos (cosa que no se entiende por que conocimientos y capacidad tenemos todos). pero bueno

Otra cosa es la de legalización de la actividad.

Los II e ITI en este caso resultan los técnicos competentes más idóneos, por ser su especialidad precisamente el area industrial y todo lo que comprende procesos , edificios , instalaciones etc.

Aqui pesará la idoneidad antes que la capacidad técnica , si encima hay un proceso de fabricación , puede incluso ser de entidad suficiente como para dentro de la ingenieria industrial en general se haga necesario la consulta a especialistas.

La jugada consiste en hacer ver que no es necesario que firme un ITI o II por que el proyecto es muy simple cosa que intentará el ICCP , pero a veces hay cosas que son evidentes. Yo si fuera ICCP lo meditaria antes. En caso de que fuese una nave general sin uso especifico , no habría problema , pero en cuanto pone en el proyecto actividad quimica , la cosa cambia.
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#223428
Estimados amigos ante la ultima afirmacion, creo que si bien estoy de acuerdo al 100% al final todo esta en manos de la admon. y con ella hemos topao hay sitios donde son estrictos, poco estrictos o la casa de la bernarda...en fin que le vamos a hacer... :saludo
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#223487
Un ICCP podría seer el autor de un proyecto de nave donde la obra civil es predominante (p.ej. nave de mantenimiento de vehículos, naves de acopio de materiales, pabellones deportivos, estaciones de autobuses y ferrocarril, etc...).
Sin embargo, en una nave donde la parte industrial o de proceso es dominante (p.ej. nave de fabricación de productos metálicos, transformación de productos químicos peligrosos, etc...) mejor contar con un industrial porque seguramente te pondrán más de una pega y el tiempo es oro.

Además, con lo bonitos que son los puentes, los tanques y las obras hidráulicas para qué meterse en historias de naves industriales :D
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#223604
Pues tengo que reconocer que a mí, lo que me dá es pena, que un ICCP se tenga que meter a construir una nave industrial y a legalizarla en el ayuntamiento correspondiente.

Debo de estar equivocado, pues, siempre he creido que los ICCP se dedicaban a cuestiones mucho más relevantes y de un contenido profesional de mucho mayor nivel.

Lo siento por el pobre ICCP que tiene que plantearse éste asunto. Ruego una oración por su profesión. A San Rodrigo Rato, por supuesto, que como ya no está para repartir trabajo en Fomento pues pasa lo que pasa.

Salud y cervezas colegas.
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#223605
cesarcaracol escribió:Estimados amigos ante la ultima afirmacion, creo que si bien estoy de acuerdo al 100% al final todo esta en manos de la admon. y con ella hemos topao hay sitios donde son estrictos, poco estrictos o la casa de la bernarda...en fin que le vamos a hacer... :saludo

Y digo yo, quien es la administración para decir quien es competente o no?

Hasta ahora eran los colegios profesionales y las universidades las que, en base al plan de estudios, podían tener criterios para establecer a un competente o un incompentente, después de eso, el juez. Pero a un funcionario, me da igual que sea de ventanilla que alto cargo, quien le ha atribuido de competencias para determinar si yo soy competente o no? :ein
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#223609
mineros, para que un funcionario pueda emitir una resolución diciendo si tu (o yo) eres (o soy) o no competente, no le queda más remedio, que ser TAG (Técnico de Administración General), que entre otras cosas, debe de ser Licenciado en Derecho, para poder hacer una interpretación de la legislación en la que basa su resolución.

Cuando un funcionario, administrativo o de alto rango, te diga algo al respecto, (lógicamente siempre por escrito y con membrete), que tenga mucho cuidado, pues si no tiene competencias para ello, se está jugando el puesto.

Cualquier informe o resolución donde un "compañero" sea de la rama de la técnica que sea, entre en interpretaciones sobre la competencia de otro técnico, es susceptible de querella criminal, pues no tiene competencias para ello.

Lógicamente, ésto lo digo para poner en su sitio a cada uno en su momento, no para que nos pongamos a querellarnos contra todos los incompetentes que no se acuerdan de las oposiciones que estudiaron en su momento (claro, suponiendo que sean funcionarios).

Salud y cervezas colegas.
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#223619
Yo entiendo que a la luz de la LOE no tiene competencias. Ya que hay que tener en cuenta la especialidad.

Si con "ingeniero" fuera suficiente tambien tendría competencias para hacerlo un ingeniero informático, lo que obviamente, no tiene ni pies ni cabeza.
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#223937
Los colegios defienden la profesion y como pues acudiendo cuando no hay acuerdo o discrepancias a la ADMISNISTRACION de justicia
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#223947
caniki escribió:Lógicamente, ésto lo digo para poner en su sitio a cada uno en su momento, no para que nos pongamos a querellarnos contra todos los incompetentes que no se acuerdan de las oposiciones que estudiaron en su momento (claro, suponiendo que sean funcionarios)..


Cachis, ya me había puesto contento buscando un modelo para "querellarse contra un funcionario" :espabilao
A eso es lo que me refería, que cuando alguien diga "es que usted no es competente" responderle "¿me ha dicho que me "compre un tente" o que le ponga una querella"? :mira
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