nachon2000 escribió:Y se han tramitado sin más problema, es decir, que la normativa, como todo, cada uno la aplica a su modo de ver, ¿no?
Gracias.
Estimado compañero, el procedimiento administrativo común establece que todas las administraciones tienen la obligación de recoger la documentación que el administrado "osease nosotros" presentemos sin saber en un principio si está bien o está mal tanto el contenido como la cantidad y forma de los documentos presentados.
Una vez se inicia el correspondiente expediente administrativo y examinada la documentación por los diferentes organos de la administración serán estos los que comuniquen al administrado las deficiencias detectadas y la falta o mal presentación de la citada documentación, pudiendo el administrado ejercer sus derechos de la manera que estime oportuna.
Con ello, te quiero decir, que presentados los proyectos sin visar estan, yo por ejemplo tengo en torno a cinco presentados, ahora bien, estoy a la espera de saber si dicha presentación es adminitida o no.
Te adelanto que ya me han rechazado uno de una estación transformadora por no disponer del correspondiente visado de calidad y conformidad según establece el decreto canario 141/2009.
Ya lo he puesto en manos de los servicios jurídicos de mi cliente, a ver que pasa. Al final serán los tribunales los que se cargarán de trabajo.
Venga un saludo.
Aprender ayundando, lo mejor que hay.....