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#208800
Buenas tardes,

Quisiera saber todas las diferencias referentes a gastos que existen entre ejercer como ingeniero técnico industrial dado de alta en RETA o dado de alta en MUPITI.

Por el momento se las siguientes:
- La cuota mensual fija mínima es menor con MUPITI que con RETA. De forma aproximada unos 80 euros menos al mes incluyendo asistencia sanitaria.
- Los gastos que tengas con MUPITI son deducibles hasta un máximo de 4500 € y los con RETA no se deduce nada.
- Con RETA pagas de IRPF un 20% y en MUPITI lo desconozco.

A ver si hay mas aportaciones a este tema o matices sobre lo que ya expuse.

Cuando hablo de gastos, quiero decir todo lo que se os ocurra que tenga un coste directo o indirecto. Como supongo que habrá poca gente que estuviera dada de alta en las dos alternativas, estaría bien que unos dijeran gastos con MUPITI y otros gastos con RETA y entre todos podemos ir comparando.

Por otra parte también estoy investigando otras posibilidades para poder ejercer de forma autónoma como por ejemplo las cooperativas o sociedades en la que se estaríamos inscritos en el régimen general de la seguridad social. Pero no conozco ninguna apropiada para ingenieros técnicos industriales. A ver si en este tema también hay aportaciones y abrimos una nueva opción para comparar gastos.

Un saludo
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#208814
¿Has leído el fijo de obligaciones fiscales un poco más arriba?
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#281497
Al hilo de ello, quisiera saber si te has dado de alta 1 mes cómo autónomo, ya no se puede dar de alta uno en MUPITI, por haber estado de alta en el RETA. Si uno pudiera darse de alta en MUPITI, qué consecuencias podría acarrear? (Quisiera elegirlo en modo mixto cuenta ajena y propia?.

Un saludo
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#281526
apac escribió:Al hilo de ello, quisiera saber si te has dado de alta 1 mes cómo autónomo, ya no se puede dar de alta uno en MUPITI, por haber estado de alta en el RETA.
Más o menos. No es que no puedas, sino que para ejercer esa actividad económica debes seguir en el RETA
Si uno pudiera darse de alta en MUPITI, qué consecuencias podría acarrear? (Quisiera elegirlo en modo mixto cuenta ajena y propia?.Que pagarías dos veces por lo mismo, como poder puedes. Ahora bien, si además te das de baja en el RETA no podrás ejercer la actividad económica.
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#281731
FSI, gracias por contestar pero no me he explicado bien.

Uno para ejercer la profesión, puede acogerse a MUPITI como alternativa al RETA, el problema es que no debes estar dado de alta antes en el RETA, por eso mi pregunta. No sé si ahora puedes comprender mejor mi pregunta.

Un saludo.
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#281847
Aclarado queda. Entonces la respuesta a tu pregunta sería la misma:
apac escribió:Si uno pudiera darse de alta en MUPITI, qué consecuencias podría acarrear? (Quisiera elegirlo en modo mixto cuenta ajena y propia?.

Que pagarías dos veces por lo mismo, como poder puedes. Ahora bien, si además te das de baja en el RETA no podrás ejercer la actividad económica.
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