francc escribió:Buenas, lo primero disculpas si este post no va aqui pero es el sitio que he pensado que iria mejor.
El tema es que cansado de que no salga trabajo en la empresa privada despues de un año de paro, he decidido hacerme autonomo, tengo varias cosas en marcha y puede que salga bien.
Iba a darme de alta a traves de la mutualidad del colegio, pero me exigen que en hacienda este dado de alta en el epigrafe 321 (ingenieros tecnicos y tal...) pero, una de las cosas que voy a hacer es de reparación de telefonos moviles,
Ahora mi duda, esto entiendo que no esta contemplado en las competencias de un ingeniero tecnico no? Por lo que no podria facturar con el concepto de reparacion de telefonos.
Hay algo que pudiera asemejarse a la reparacion de telefonos por lo que pudiera facturar?
Si no me dare de alta a traves de la Seguridad Social, aunque sea mas caro...
Gracias de antemano
No tiene nada que ver con las competencias, tiene que ver con la actividad a la que te vas a dedicar. La alternativa al RETA como Mutualista, solo es posible para el ejercicio de las profesiones colegiadas, luego la actividad debe ser la correspondiente a dicha actividad profesional (y reparar teléfonos, no es una actividad profesional para la que deba estarse colegiado).
Sin embargo, dices que ES UNA (no la única) de las actividades a la que te vas a dedicar, por lo que dependiendo del porcentaje de dicha actividad sobre la actividad profesional colegiada, igualmente puede ser posible dicha alternativa al RETA como mutualista, así me lo han informado en mi colegio en su momento (eso sí, en mi caso, que era 50-50, no fue posible), lo que no recuerdo es si era tanto como "socio-empresario" (que era mi caso) como "libre ejerciente".