ricmenper escribió:Retomando el tema de los gastos deducibles... no hay nadie que se anime todavía a hacer una lista de cuales son estos gastos... saludos...
Ahi va mi lista, elaborada a partir de diferentes consultas, busquedas, navegaciones por normativas y experiencias de otros:
Importante:
- Cuando me di de alta en el 036, declaré como local afecto una habitación de mi casa donde me he montado el despacho, que supone el 3,1% de la superficie total. Esto supone decir a Hacienda que el despacho en cuestión va a ser utilizado exclusivamente para la actividad. Es totalmente legal y de hecho en algunos manuales de hacienda hay ejemplos al respecto (caso tipico de los medicos, dentistas, y otros profesionales freelance que ejercen en su casa).
A partir de ahí:
- Teléfono fijo 25%
- Teléfono móvil 25%
- Combustible 25%
- Peajes 25%
- Marketing (tarjetas, tripticos, etc) 100%
- Suministros (electricidad, agua, calefacción, etc.) 3,1%, igual al % de la superficie del despacho.
- Intereses hipoteca 3,1%
- Amoritzacion local despacho cuota fija, es mas complicado, hay ejemplos de hacienda al respecto.
- Imprenta (planos, memorias, etc) 100%
- Cuotas Colegio 100%
- Cuotas Mupiti 100%
- Seguro Resp. Civil 100%
- Impuestos despacho (Ibi, basura, etc) 3,1%
- Gastos financieros (comisiones, mantenimiento, etc) 100%
- Consumibles papeleria (tinta, papel, etc) 100%
Lo que hay que remarcar es que no hay una regla fija, no encontrareis ninguna ley ni real decreto que fije los porcentajes exactos, y por lo tanto las interpetaciones pueden ser varias. Puntos básicos:
- Sentido común. El estado no ns puede pagar por trabajar, por lo tanto si desgravamos mas de lo que ingresamos, mal.

- Dormir tranquilos. Debemos poder justificar siempre nuestros gastos por si nos cae una inspección. O sea que nada de meter cenas de navidad o regalos de los niños, porque lo pasaremos mal.


May the Force be with you... (Yoda Jedi Master)