Direccion de obra proyecto visado por aparejador (Valoración de 5.00 sobre 5, resultante de 1 votos)

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#333759
Buenos días,
me ha surgido un "trabajo" con un cliente con el cual he trabajado ya anteriormente.
La cuestión es que hace 5 años contacto con un aparejador para que le realizara el proyecto para construir una sala de ordeño en suelo rústico. En mi parecer, el aparejador no tiene competencias para este tipo de proyectos porque si lo enfoca como casa de aperos es un agrónomo el que tiene competencias, y si lo enfoca como sala de ordeño es más para un industrial. Pero vamos, que lo visó y solicitó la licencia de obras y se la concedieron como sala de ordeño.
El problema es que tras 5 años ejecutando la obra muy poquito a poco (le queda poco para terminarla) el aparejador le ha dicho que se jubila y que no va a poder firmarle el fin de obras el días que termine las mismas.
Me han comentado que puede que necesite de redactar un nuevo proyecto, con lo que tendría que solicitar una nueva licencia de obras con los correspondientes gastos y la posibilidad de que no le sea concedida. Por lo que quiero descartar esta posibilidad.
Por lo que mi pregunta es ¿puedo como ingeniero técnico industrial ejercer de director de obra y firmar el correspondiente certificado para un proyecto redactado por un aparejador?

Un saludete
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#333760
mortadelo75 escribió:Buenos días,
me ha surgido un "trabajo" con un cliente con el cual he trabajado ya anteriormente.
La cuestión es que hace 5 años contacto con un aparejador para que le realizara el proyecto para construir una sala de ordeño en suelo rústico. En mi parecer, el aparejador no tiene competencias para este tipo de proyectos porque si lo enfoca como casa de aperos es un agrónomo el que tiene competencias, y si lo enfoca como sala de ordeño es más para un industrial. Pero vamos, que lo visó y solicitó la licencia de obras y se la concedieron como sala de ordeño.
El problema es que tras 5 años ejecutando la obra muy poquito a poco (le queda poco para terminarla) el aparejador le ha dicho que se jubila y que no va a poder firmarle el fin de obras el días que termine las mismas.
Me han comentado que puede que necesite de redactar un nuevo proyecto, con lo que tendría que solicitar una nueva licencia de obras con los correspondientes gastos y la posibilidad de que no le sea concedida. Por lo que quiero descartar esta posibilidad.
Por lo que mi pregunta es ¿puedo como ingeniero técnico industrial ejercer de director de obra y firmar el correspondiente certificado para un proyecto redactado por un aparejador?

Un saludete


Si el proyecto lo firmó un AT (y se lo aceptaron), se entiende que es porque pertenece al grupo C de la LOE (los AT no pueden firmar proyectos de los grupos A y B), y en el grupo C de la LOE son competentes para proyectos Y DIRECCION DE OBRAS A, AT, I e IT sin distinción.

Por otra parte en ningún punto se obliga a que el proyectista y el director de obra sean la misma persona física. Cuestión distinta son los acuerdos contractuales que hubiese entre el promotor y el técnico competente en cuestión, que previamente han de resolver.
Última edición por Icm75 el 21 Ene 2014, 12:38, editado 3 veces en total
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#333763
Pues es verdad, no se me había ocurrido.
Por lo tanto, cualquier proyecto de edificación que redacto un aparejador lo puedo dirigir.

Gracias por la aclaración.
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#333804
Mírate bien el proyecto que redactó el aparejador, porque una sala de ordeño(supongo que forma parte de una granja) se consideraría una explotación agropecuaria, y como mucho industria alimentaria, por lo que los técnicos competentes serían los agrónomos y/o técnicos agrícolas de la especialidad correspondiente. Podría firmarlo un industrial y a lo mejor en el ayuntamiento lo pasarían, pero de cara a la consejería de agricultura podría tener problemas.

No sé que pondría en el proyecto, pero desde luego una sala de ordeño no es del grupo C.
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#333831
rurk escribió:Mírate bien el proyecto que redactó el aparejador, porque una sala de ordeño(supongo que forma parte de una granja) se consideraría una explotación agropecuaria, y como mucho industria alimentaria, por lo que los técnicos competentes serían los agrónomos y/o técnicos agrícolas de la especialidad correspondiente. Podría firmarlo un industrial y a lo mejor en el ayuntamiento lo pasarían, pero de cara a la consejería de agricultura podría tener problemas.

No sé que pondría en el proyecto, pero desde luego una sala de ordeño no es del grupo C.


En el momento que le han concedido la licencia municipal de obra, el ayuntamiento está aceptando las condiciones en que se solicita la misma (entre ellas la competencia técnica de quien suscribe el proyecto). Si aceptan un proyecto de edificación de un Arquitecto Técnico es porque lo encuadran en el grupo C de la LOE. Los proyectos y Direcciones de Obra del grupo C de la loe pueden realizarlos indistintamente A, AT, I e IT de cualquier especialidad. Si ahora el ayuntamiento pone alguna traba, en materia de competencias, por no ser AT, estaría PREVARICANDO y esto es un delito:

http://noticias.juridicas.com/base_dato ... .html#a404
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#333834
Me acaban de pasar el proyecto en cuestión, lo enfoca como almacén de aperos. El cliente quiere darle un uso de sala de ordeño para uso privado.
La verdad es que no creo que sea competencia del aparejador. Pero estoy con Icm75, si el ayuntamiento se lo ha aceptado al aparejador, por narices me tiene que aceptar a mi la direccion de obra.
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#333840
Icm75 escribió:En el momento que le han concedido la licencia municipal de obra, el ayuntamiento está aceptando las condiciones en que se solicita la misma (entre ellas la competencia técnica de quien suscribe el proyecto). Si aceptan un proyecto de edificación de un Arquitecto Técnico es porque lo encuadran en el grupo C de la LOE. Los proyectos y Direcciones de Obra del grupo C de la loe pueden realizarlos indistintamente A, AT, I e IT de cualquier especialidad. Si ahora el ayuntamiento pone alguna traba, en materia de competencias, por no ser AT, estaría PREVARICANDO y esto es un delito:

http://noticias.juridicas.com/base_dato ... .html#a404


Tienes razón en que el ayuntamiento no debería poner pegas (de hecho yo mismo lo digo en el párrafo que citas), pero yo hablo de problemas posteriores con la consejería correspondiente.
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#333841
mortadelo75 escribió:Me acaban de pasar el proyecto en cuestión, lo enfoca como almacén de aperos. El cliente quiere darle un uso de sala de ordeño para uso privado.
La verdad es que no creo que sea competencia del aparejador. Pero estoy con Icm75, si el ayuntamiento se lo ha aceptado al aparejador, por narices me tiene que aceptar a mi la direccion de obra.


Pues sinceramente, es una chapuza lo que ha hecho ese aparejador, y lo que alucino es que se lo hayan colado como C. Pero vamos, si lo que tu promotor quiere es el final de obra y no te ponen pegas, pues adelante.
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#333842
mortadelo75 escribió:Me acaban de pasar el proyecto en cuestión, lo enfoca como almacén de aperos. El cliente quiere darle un uso de sala de ordeño para uso privado.
La verdad es que no creo que sea competencia del aparejador. Pero estoy con Icm75, si el ayuntamiento se lo ha aceptado al aparejador, por narices me tiene que aceptar a mi la direccion de obra.



Bueno, si tu mantienes en ti dirección de obra la misma consideración como almacén de aperos, no deberían ponerte ningún problema, en el ayuntamiento. Cuestión distinta es lo que opinen otras administraciones a la hora de "legalizar/registrar/etc" dicha instalación (si es que ha de ser legalizable/registrable/etc, pues como almacén de aperos puede que no haga falta mas). Evidentemente como sala de ordeño, no va a poder legalizarla/registrarla/etc, puesto que en el proyecto no se dice que lo sea.
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#333876
wood escribió:Como perito no deberías tener problema



ya estamos!

El iniciador de este hilo, en ningún momento ha dicho que hubiera estudiado para Perito. Él ha comentado Ing. Téc.....no perito.
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#333885
joshuaab3 escribió:
wood escribió:Como perito no deberías tener problema



ya estamos!

El iniciador de este hilo, en ningún momento ha dicho que hubiera estudiado para Perito. Él ha comentado Ing. Téc.....no perito.


De igual manera no creo que el otro individuo haya estudiado para "aparejador". Si usamos el termino "aparejador" lo correcto es usar también el termino "perito" ya que son pertenecientes a la misma época.
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#333888
A callarse todos. El oficio de aparejador viene de antiguo y es bastante noble, y un perito es alguien que tiene pericia.

Así que no son cosas feas.

Uno que busca cosquillas y otro que las tiene... ¡Qué ganas de discutir, pardiez!
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#333896
wood escribió:De igual manera no creo que el otro individuo haya estudiado para "aparejador". Si usamos el termino "aparejador" lo correcto es usar también el termino "perito" ya que son pertenecientes a la misma época.


Si el hombre se ha jubilado probablemente sí sea Aparejador. Pero vamos, que no es el tema de discusión.

La cosa es que se hizo un proyecto de caseta de aperos, que no es grupo C, y que pertenece al ámbito agropecuario, y ahora se quiere cambiar para una sala de ordeños, que sigue perteneciendo al mismo ámbito, por lo que este forero puede tener problemas en el futuro a la hora de inscribir la industria, sea aparejador, perito, arquitecto técnico o ingenierio técnico.
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