Atribuciones y competencias profesionales, asociación corporativa, opiniones y críticas de la profesión, etc.
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#337109
Hola a todos,
me gustaría saber vuestra opinión sobre la competencia de un ingeniero técnico industrial para tramitar la autorización de centros, servicios y establecimientos sanitarios que exige la Junta de Castilla y León y que se rige por el Decreto 49/2005, de 23 de junio.
La autorización sería para una vivienda que se usa como clínica / centro psicológico, y para llevarla a cabo se va a hacer una pequeña reforma de la vivienda.
La reforma consiste en adaptar un aseo para minusválidos ( quitar la bañera existente, mover un lavabo, poner una puerta corredera y ampliar su anchura a 0.8 m) y modificar otra estancia poniendo un tabique y una puerta. Supongo que se consideraría obra menor....
El tema es que para la solicitud de la autorización el reglamento exige (entre otras cosas) proyecto técnico de ejecución de obras por técnico competente y previsión de supresión de barreras arquitectónicas y tengo dudas de que un ingeniero/ingeniero técnico tenga competencias en este caso en concreto y no fuera necesario un arquitecto/arquitecto técnico...

Se que lo tengo que consultar con el técnico del ayuntamiento, pero así a priori, ¿Qué opináis?

1 saludo!!!!!!
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#337129
Yo opino que no debería haber inconveniente, la obra es menor y la licencia de actividad deberías poder hacerla, y en cuanto a la autorización de centros, servicios y establecimientos sanitarios, tendrá que solicitarlo el promotor, adjuntando la documentación técnica que redactes, (memoria de actividad y ambiental, instalaciones, obras, planos, etc., como cualquier actividad), imagino que tendrá que adjuntarse también la titulación que le acredite para realizar la actividad sanitaria, el contrato de alquiler o justificación de la propiedad, etc, etc.

El mayor problema que veo es que el planeamiento urbanístico permita actividades en viviendas, especialmente con acceso de público, y las condiciones de accesibilidad que pueda haber, no sólo en la vivienda, sino en los accesos.

Pero por la competencia para realizar la documentación técnica, yo creo que no habrá problema, haber que cuentan los compañeros y que dice el técnico municipal...

Saludos
por
#337194
Gracias killer_, a ver si algún compañero más da su opinión; cuando hable con el técnico comentaré lo que me haya dicho...

1 saludo!!!
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#337198
Si lo que pretendes es la tramitación de una licencia de actividad, como ingeniero no debes tener problema de competencias, porque no se trataría de vivienda sino de local destinado a una actividad.

No obstante, como bien apunta el compañero, consulta las normas urbanísticas, usos permitidos y condicionantes.
por
#337442
Gracias por responder,

Finalmente lo que hay que hacer es una memoria describiendo las obras de la reforma, justificación del cumplimiento de la normativa vigente en materia de medio ambiente, seguridad e instalaciones y planos de conjunto y detalle. Esto en cuanto a documentación específica a realizar por el técnico, luego hay que aportar otra documentación aparte por el solicitante.

Básicamente es aportar la documentación que dice el decreto 49/2005 de autorización de centros, servicios y establecimientos sanitarios.

Comentar que el titular de la consulta me ha dicho que ya tenía licencia de actividad (Lo que todavía no me ha dicho es de que fecha), con lo cual entiendo que no es un proyecto/memoria de actividad, sino más bien una reforma de adaptación de un local ( ya que si ya tiene licencia de consulta psicológica, ya no es uso residencial vivienda, aunque el uso característico del edificio sea residencial vivienda).

También creo ( según pone en el apartado I del ámbito de aplicación del CTE) que en este caso, al tratarse de una reforma pequeña, habría que justificar cumplir el CTE solo en aquellas partes afectadas por la reforma.( voy a comentarlo en el foro correspondiente).

Si estoy equivocado, que alguien me lo diga.

Un saludo!!!
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