- 27 Ago 2015, 09:48
#352589
1º Para que te contraten con una determinada categoría profesional, evidentemente, tienes que tener la cualificación necesaria para poder ocuparla, en el caso que expones una titulación superior.
2º Con la regulación universitaria "antigua" titulaciones superiores eran Licenciaturas, Ingenierías y Arquitectura.
3º Con la regulación universitaria "boloñesa" la verdad es que me pierdo un poco, pero entiendo que se considerarán como tales únicamente los post-grados.
4º OJO, una cosa es la cualificación con la que tu cuentes y otra muy distinta el puesto de trabajo que la empresa necesite cubrir, pudiendo ser mayor la cualificación con la que cuentes que la que se necesite para el puesto de trabajo de que se trate. Quiero con esto decir, que la obligación que tiene la empresa es la de contratarte con la categoría profesional que corresponda AL PUESTO DE TRABAJO en función de la cualificación que se requiera para el mismo, NO a la cualificación que tu tengas. Es decir, que si la cualificación que se necesita para el puesto de trabajo en cuestión es una titulación media, esa es la categoría profesional que tienen obligación de reconocerte, independientemente de que tu tengas una titulación superior.