Orientación económica de honorarios, baremos, contabilidad, costes, etc.
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#351827
Buenas,

Soy ITI mecánico y mi contrato de trabajo se regula según el Convenio del Metal de Asturias que distingue de categoría a ITI ya II. La distinción que hace es como "Titulado superior" y "Titulado medio".
Mi intención es obtener una titulación para subir a la categoría superior. Hablando con RRHH me dicen que hacer el curso para sacarme el Grado de Bolonia no me aportaría ninguna atribución profesional nueva y por tanto no subiría de categoría. Por lo que entiendo que la única opción sería hacer un máster... En realidad un máster ya tengo pero es privado y no me lo reconocen, luego imagino que solo queda hacer un Máster Universitario reconocido con todas las de la ley para lo cual, la verdad, no tengo tiempo.

Me gustaría saber si alguien se ha visto en una situación parecida o sabe de algún recoveco para subir a la categoría superior.


Gracias.
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#351830
No hagas números, necesitas un máster oficial para que, según el nuevo real decreto de equiparaciones, te consideren al mismo nivel de los ingenieros "superiores", esto es, MECES 3 o EQF 7.
Busca uno online de 60 créditos. Puedes compaginarlo con el trabajo y en un año lo tienes listo.
Yo hice el de energías renovables del CEU San Pablo y la verdad es que es factible e interesante.
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#352423
teiter escribió:No hagas números, necesitas un máster oficial para que, según el nuevo real decreto de equiparaciones, te consideren al mismo nivel de los ingenieros "superiores", esto es, MECES 3 o EQF 7.
Busca uno online de 60 créditos. Puedes compaginarlo con el trabajo y en un año lo tienes listo.
Yo hice el de energías renovables del CEU San Pablo y la verdad es que es factible e interesante.


Gracias por tu respuesta.
Estuve mirando y el Máster de EERR del CEU es Titulo Propio, es decir no es máster Universtiario y no me daría acceso al Nivel 1, que es lo que busco.
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#352589
1º Para que te contraten con una determinada categoría profesional, evidentemente, tienes que tener la cualificación necesaria para poder ocuparla, en el caso que expones una titulación superior.

2º Con la regulación universitaria "antigua" titulaciones superiores eran Licenciaturas, Ingenierías y Arquitectura.

3º Con la regulación universitaria "boloñesa" la verdad es que me pierdo un poco, pero entiendo que se considerarán como tales únicamente los post-grados.

4º OJO, una cosa es la cualificación con la que tu cuentes y otra muy distinta el puesto de trabajo que la empresa necesite cubrir, pudiendo ser mayor la cualificación con la que cuentes que la que se necesite para el puesto de trabajo de que se trate. Quiero con esto decir, que la obligación que tiene la empresa es la de contratarte con la categoría profesional que corresponda AL PUESTO DE TRABAJO en función de la cualificación que se requiera para el mismo, NO a la cualificación que tu tengas. Es decir, que si la cualificación que se necesita para el puesto de trabajo en cuestión es una titulación media, esa es la categoría profesional que tienen obligación de reconocerte, independientemente de que tu tengas una titulación superior.
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