JORDIM escribió:JAVILLOSE escribió:Yo fuí muy afortunado. El primer REBT se publicó seis años después de que yo acabase la carrera.
http://www.boe.es/datos/pdfs/BOE/1955/2 ... -04426.pdf
A ver como sales de esta Javillose

¡¡¡Touché!!!
Efectivamente, amigo JORDIM, me estoy refiriendo al primer Reglamento electrotécnico de B.T. “amb trellat”, (como Dios manda); es decir, con contenidos técnicos suficientes como para proyectar de manera razonable y razonada. Tienes toda la razón al desenterrar el Reglamento de 1955 que fue efectivamente llamado de esa forma, aunque salió como una ampliación del “Reglamento de Instalaciones Eléctricas Receptoras”, y así era llamado entonces por los practicantes del noble arte de la electricidad.
Es evidente que, con 64 “tacos” a mis espaldas, no puedo ser contemporáneo de Gandalf ni de Tutankamon, porque mi quinta ya no hizo la mili con lanza. Hice media mili con mosquetón Mauser y la otra media con los primeros Cetmes que salieron de las fábricas de hojalata del régimen franquista.
Yo comencé “por abajo”, y en 1961, al perder la beca, comencé a trabajar como instalador electricista, a la vez que estudiaba preuniversitario, y me saqué el Carnet de Instalador en 1965, con veinte añitos recién cumplidos. Todavía hice un montón de instalaciones con cable de algodón trenzado, sobre aisladores de porcelana, y con Tubo Bergman (de hojalata por fuera, y de cartón impregnado en alquitranes, por dentro). Y monté un montón de interruptores de cuchilla (“Silex”), al más puro estilo de las viejas películas de terror, sobre placas de pizarra, con cables “ikb” de Pirelli, con cubierta de goma, que había que parafinar concienzudamente para que pasaran por dentro de los tubos.
Guardo un librito con el Reglamento de entonces, que es un folleto de unas veinte páginas, con tapas de cartulina azul, muy usadas, y con el título primitivo: “Reglamento de Instalaciones eléctricas receptoras”.
No era mi deseo crear ninguna polémica, pero el Reglamento de 1955 era más corto que las mangas de un chaleco, y –de hecho-, el mismo documento se minoraba expresando claramente en su Artículo 7º:
“Las instalaciones a que se refiere este Reglamento, SE PROYECTARAN CON SUJECION A LAS PRESCIPCIONES Y NORMAS DE LA TECNICA, y de forma que el esquema de los Circuitos sea adecuado y claro”.
Esas “PRESCRIPCIONES Y NORMAS DE LA TECNICA” son a las que yo me refería en mi comentario, haciendo referencia a la Electrotecnia y a las asignaturas que dimos en la carrera. Una carrera cursada en la antigua ETPIV de Valencia, en la que nunca figuró el Reglamento como materia docente, porque nunca se dio como materia reglada en las aulas. En los proyectos antiguos, se hace énfasis en los cálculos y en la aplicación de las fórmulas físicas que nos permitían la obtención de las secciones de los conductores y materiales a emplear. En los actuales, estamos más pendiente de los artículos reglamentales, de las normes UNE, EN, CEPREVEN, AENOR, CTE, y las mil ordenanzas que limitan los trabajos a ejecutar. Realmente estudiamos una carrera técnica, pero deberíamos ser también abogados para la elaboración de toda la Normativa que nos obligan a utilizar.
Y desde luego, amigo JORDIM, reconozco que he de prepararme más para participar en el foro. Tendré que revisar más la normativa que trata de cómo envolvérmela en papel de fumar, (

), para ser absolutamente más preciso en las fechas, de lo que he sido hasta ahora. En caso contrario, estoy seguro de que me volverás a sacar los colores, con toda la razón.
Saludos cordiales.