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#103226
Muy buenas.

Mi consulta va en la siguiente dirección:

Si eres trabajador por cuenta ajena y eres el responsable de mantenimiento de una empresa, ¿es conveniente tener contratado el Seguro de Responsabilidad Civil del Colegio? ¿hay algún seguro que la empresa tenga que contratar obligatoriamente que te cubra si sucede algún accidente (se queda pegado un trabajador)?

Seguro que Arquimedes sabe algo de esto... :mrgreen:

Gracias. :amo
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#103229
Efectivamente Arquimedes seguro que sabe mucho de ésto y te podrá asesorar muy bien.

En mi opinión toda empresa debe disponer de un seguro de responsabilidad que cubra las incidencias en la empresa y en sus trabajadores (seguro colectivo). El disponer tú el seguro del colegio no creo que te sirva para nada porque normalmente ( no sé cierto si en todas las comunidades), cubre el ejercicio profesional en la redacción y ejecución de proyectos, y ese no es tu caso. Y si además añades que para que te cubra el seguro los proyectos deben ir visados, de que te sirve a tí.

:saludo :usuario
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#103265
Hombre un seguro es bueno tenerlo siempre (yo diría imprescindible), mi caso es un poco particular pues estoy cubierto por la empresa. La responsabilidad civil está enfocada a cubrir todas las sanciones monetarias que recaigan sobre el culpable individual o sobre la empresa en general como responsable subsidiaria.

En tu caso te en cuenta que no eres propiamente de la empresa, sino un profesional que presta servicio externos, dirigiendo por lo que dices a personal en nómina. Por ello no estarás acogido automáticamente a dicho seguro, salvo que lo diga expresamente la póliza, aunque creo que en caso de duda el juez te considerará incluido de facto pero eso hasta el momento decisivo del juicio no lo sabrás. Tampoco conozco sentencias que lo corroboren. Como los seguros de las empresas suelen ser mayores que los profesionales el juez tira siempre del seguro mayor. Por ello no es malo que lo tengas si el de la expresa no te incluye expresamente. Yo la verdad, es que no lo tengo pues el de la empresa me cubre totalmente y por eso al cambiar de trabajo me di de baja del seguro. Te en cuenta que como dice Minerva debes hablar con las aseguradoras para tu caso concreto aunque creo que sí (no lo se seguro) pues tienen (o tenían) un recargo por contaminación continuada creo que se llama, algo que se da en la explotación no en el diseño ni el montaje, pero vale la pena asegurarse.

Espero que te haya servido.
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#103268
arquimedes escribió:Hombre un seguro es bueno tenerlo siempre (yo diría imprescindible), mi caso es un poco particular pues estoy cubierto por la empresa. La responsabilidad civil está enfocada a cubrir todas las sanciones monetarias que recaigan sobre el culpable individual o sobre la empresa en general como responsable subsidiaria.

En tu caso te en cuenta que no eres propiamente de la empresa, sino un profesional que presta servicio externos, dirigiendo por lo que dices a personal en nómina. Por ello no estarás acogido automáticamente a dicho seguro, salvo que lo diga expresamente la póliza, aunque creo que en caso de duda el juez te considerará incluido de facto pero eso hasta el momento decisivo del juicio no lo sabrás. Tampoco conozco sentencias que lo corroboren. Como los seguros de las empresas suelen ser mayores que los profesionales el juez tira siempre del seguro mayor. Por ello no es malo que lo tengas si el de la expresa no te incluye expresamente. Yo la verdad, es que no lo tengo pues el de la empresa me cubre totalmente y por eso al cambiar de trabajo me di de baja del seguro. Te en cuenta que como dice Minerva debes hablar con las aseguradoras para tu caso concreto aunque creo que sí (no lo se seguro) pues tienen (o tenían) un recargo por contaminación continuada creo que se llama, algo que se da en la explotación no en el diseño ni el montaje, pero vale la pena asegurarse.

Espero que te haya servido.


Muchas gracias Arquímedes, pero creo que mi caso es igual que el tuyo: yo estoy en plantilla de la propiedad (mantenimiento de nuestros propios edificios), transmito ordenes a personal también de mi empresa y aparte hay contratas externas que se encargan del grueso del mantenimiento de nuestros edificios. Entiendo por lo que has dicho que en este caso estaría cubierto, ¿sería así?
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#103333
El caso que comenta arquimedes seríe el de una empresa de manteimiento externa que realizará labores en uno o multiples centros de trabajo. Pero si tu trabajo se realiza en la propia empresa que te ha contratado únicamente, yo sigo manteniendo que el seguro de la empresa debe cubrirte obligatoriamente.

:usuario
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#103335
minerva yo creo como tú que debiera, pero no estoy seguro al 100% de lo que puede pasar en un tribunal en caso de accidcente. Kyle es como el pintor que va a tu casa un profesional que te hace un trabajo y por el cual le pagas sin tenerlo en plantilla ni en seguridad social, creo que la situación es como la de un proyectista que tu contratas mendiante contrato laboral en tu estudio. El se paga su seguro y demás historias, aunque el ordenador lo tengo en tu casa en lugar de en la suya, si no que en lugar de proyectar dirige obras de mantenimiento. He visto pliegos de condiciones que no incluyen al jefe de mantenimiento si no es de la propiedad ni de la empresa de mantenimiento por lo cual en caso de duda mejor preguntar a la propiedad y pedir que te incluyan que no costará mucho. Tal vez te tengan y si no estas será simplememente por que no hayan "caido" ,por eso aunque el sentido común dice que si debieras estarlo estos temas son tan puñeteros que es mejor aplicar la máxima de la administración "lo no escrito no existe" y preguntarlo.
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#103336
arquimedes escribió:minerva yo creo como tú que debiera, pero no estoy seguro al 100% de lo que puede pasar en un tribunal en caso de accidcente. Kyle es como el pintor que va a tu casa un profesional que te hace un trabajo y por el cual le pagas sin tenerlo en plantilla ni en seguridad social, creo que la situación es como la de un proyectista que tu contratas mendiante contrato laboral en tu estudio. El se paga su seguro y demás historias, aunque el ordenador lo tengo en tu casa en lugar de en la suya, si no que en lugar de proyectar dirige obras de mantenimiento. He visto pliegos de condiciones que no incluyen al jefe de mantenimiento si no es de la propiedad ni de la empresa de mantenimiento por lo cual en caso de duda mejor preguntar a la propiedad y pedir que te incluyan que no costará mucho. Tal vez te tengan y si no estas será simplememente por que no hayan "caido" ,por eso aunque el sentido común dice que si debieras estarlo estos temas son tan puñeteros que es mejor aplicar la máxima de la administración "lo no escrito no existe" y preguntarlo.


Arquímedes, creo que hay un pequeño error: yo soy de la empresa p. ej. "Chapuzas a gogó, S.L.", y soy el responsable de mantenimiento de la empresa "Chapuzas a gogó, S.L.", estoy en plantilla y paga mi Seguridad Social la empresa "Chapuzas a gogó, S.L.", y superviso el mantenimiento de los edificios de la empresa "Chapuzas a gogó, S.L.", nuestros propios edificios, entiendo que eso es lo que haces tú, ¿verdad?
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#103338
Kyle_XY escribió:Muy buenas.

Mi consulta va en la siguiente dirección:

Si eres trabajador por cuenta ajena y eres el responsable de mantenimiento de una empresa, ¿es conveniente tener contratado el Seguro de Responsabilidad Civil del Colegio? ¿hay algún seguro que la empresa tenga que contratar obligatoriamente que te cubra si sucede algún accidente (se queda pegado un trabajador)?

Seguro que Arquimedes sabe algo de esto... :mrgreen:

Gracias. :amo



es verdad joder con la dislexia.....había entendido por cuenta ajena a que eras ajeno a la propiedad. En ese caso debes estar incluido en el seguro general pero míralo en mi anterior empresa aunque estabamos recogidos en el seguro era tan malo (había un límite global además bastante bajo, de forma que si uno tenía un problema y resultaba condenado, el resto nos quedabamos sin seguro durante el resto del año) por lo que nos dejaba con el culo al aire así que los encargados, arquitectos, aparaejadores y yo como ITI hicimos "huelga de vissitas de obra y de certificados" no ibamos a las obras ni firmabamos nada. Al no haber encargados las obras estaban prácticamente detenidas con los albañiles rascandose la barriga.. hasta que pudimos conseguir un seguro ilimitado que cubría cualquier cantidad y sin limitación en el número de siniestros.
Por eso a veces un seguro como el que teníamos es como no tenerlo...

Disculpa la confusión

Mi situación es similar pero tengo una empresa de mantenimiento global contratada a quien pertenece el personal de mantenimiento. Esta en teoría hacen todos los trabajos con su propio jefe de mantenimiento y yo según pliego de condiciones sólo tendría que rascarme la barriga. Esto como funcionan las empresas de mantenimiento es una locura, ya que van a ahorrarse hasta el máximo y las rutinas de mantnimiento no se ajustan a los edificios, son demasiado mecánicas, etc., y al final te duele la cabeza. Por eso prefiero, como ya he dicho alguna vez, hacer yo de jefe de mantenimiento y el de la empresa usarlo de apoyo y como coordinador de subcontratas. Al de la empresa le descarga de algo de trabajo y a mi me permite terner las riendas de la situación, aunque a veces es haya roces entre ambos, pero así son las cosas. Yo para ciertos trabajos peligrosos los prefiero sacar del contrato de mantenimiento (bajando la licitación claro) y contratar una empresa externa que asume todos los riesgos y cuando me es posible pido que tenga algún ISO 900x o buroveritos u similar de calidad... no sale mucho mas caro y te quita problemas...
¿porque? pues las empresas de mantenimiento general suelen tener buenos especialistas en algunas materias como electricistas, frigoristas, etc, pero suelen estar mal preparados y equipados para trabajar en altura y similares y para que se te caiga alguien siempre hay tiempo.
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#103361
arquimedes escribió:
Kyle_XY escribió:Muy buenas.

Mi consulta va en la siguiente dirección:

Si eres trabajador por cuenta ajena y eres el responsable de mantenimiento de una empresa, ¿es conveniente tener contratado el Seguro de Responsabilidad Civil del Colegio? ¿hay algún seguro que la empresa tenga que contratar obligatoriamente que te cubra si sucede algún accidente (se queda pegado un trabajador)?

Seguro que Arquimedes sabe algo de esto... :mrgreen:

Gracias. :amo



es verdad joder con la dislexia.....había entendido por cuenta ajena a que eras ajeno a la propiedad. En ese caso debes estar incluido en el seguro general pero míralo en mi anterior empresa aunque estabamos recogidos en el seguro era tan malo (había un límite global además bastante bajo, de forma que si uno tenía un problema y resultaba condenado, el resto nos quedabamos sin seguro durante el resto del año) por lo que nos dejaba con el culo al aire así que los encargados, arquitectos, aparaejadores y yo como ITI hicimos "huelga de vissitas de obra y de certificados" no ibamos a las obras ni firmabamos nada.

Supongo que mi empresa tendrá un buen seguro, porque es grande, muy grande, y además es pública (pero vete tú a saber).


Al no haber encargados las obras estaban prácticamente detenidas con los albañiles rascandose la barriga.. hasta que pudimos conseguir un seguro ilimitado que cubría cualquier cantidad y sin limitación en el número de siniestros.
Por eso a veces un seguro como el que teníamos es como no tenerlo...

Disculpa la confusión

Que disculpas ni que... gracias por aclararme las dudas. :brindis

Mi situación es similar pero tengo una empresa de mantenimiento global contratada a quien pertenece el personal de mantenimiento. Esta en teoría hacen todos los trabajos con su propio jefe de mantenimiento y yo según pliego de condiciones sólo tendría que rascarme la barriga. Esto como funcionan las empresas de mantenimiento es una locura, ya que van a ahorrarse hasta el máximo y las rutinas de mantnimiento no se ajustan a los edificios, son demasiado mecánicas, etc., y al final te duele la cabeza. Por eso prefiero, como ya he dicho alguna vez, hacer yo de jefe de mantenimiento y el de la empresa usarlo de apoyo y como coordinador de subcontratas. Al de la empresa le descarga de algo de trabajo y a mi me permite terner las riendas de la situación, aunque a veces es haya roces entre ambos, pero así son las cosas. Yo para ciertos trabajos peligrosos los prefiero sacar del contrato de mantenimiento (bajando la licitación claro) y contratar una empresa externa que asume todos los riesgos y cuando me es posible pido que tenga algún ISO 900x o buroveritos u similar de calidad... no sale mucho mas caro y te quita problemas...
¿porque? pues las empresas de mantenimiento general suelen tener buenos especialistas en algunas materias como electricistas, frigoristas, etc, pero suelen estar mal preparados y equipados para trabajar en altura y similares y para que se te caiga alguien siempre hay tiempo.

Nosotros tenemos un par de empresas de mantenimiento externo contratadas, y, básicamente, a su jefe de mantenimiento le utilizo para que me haga presupuestos y para informarle cuando hago algo extraordinario con los chicos. luego hay otro par de operarios de mantenimiento propio.


Gracias. :comunidad
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