Expendiente de la Comisión Nacional Competencia contra CSAE (Valoración de 5.00 sobre 5, resultante de 1 votos)

Titulaciones, carreras, centros o entidades docentes, Bolonia, cursos, oposiciones, etc.
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#174580
Aquí dejo un artículo interesante :mira

La Comisión Nacional de la Competencia abre expediente sancionador contra el Consejo Superior de Arquitectos de España
Fecha: 22/07/2009 [09:38] h.
Origen: Comisión Nacional de la Competencia

El 14 de agosto de 2007 el Colegio Oficial de Peritos e Ingenieros Técnicos Industriales de Cuenca formuló denuncia contra el Colegio Oficial de Arquitectos y Arquitectos Técnicos de Cuenca, por un supuesto abuso de su posición de dominio en la concesión de visados, consistente en denegarlos si no se acredita que el estudio de seguridad y salud de edificios está firmado por arquitectos técnicos, pretendiendo ampararse en una interpretación subjetiva de la Ley 38/1999, de Ordenación de la Edificación, de 5 de noviembre, lo que excluye a los peritos e ingenieros técnicos industriales de forma arbitraria en la realización y firma de estudios de seguridad y salud en obras de construcción y en la coordinación en la ejecución de dichas obras.

La Dirección de Investigación, en el marco de lo establecido en el apartado 2 del artículo 49 de la Ley 15/2007, de 3 julio, de Defensa de la Competencia (LDC), realizó una información reservada con el fin de determinar, con carácter preliminar, la concurrencia de circunstancias que justificasen la incoación de expediente sancionador por supuestas conductas prohibidas en la LDC.

Por otro lado, el 17 de noviembre de 2008, en virtud del mecanismo de asignación previsto en la Ley 1/2002, de 21 de febrero, de Coordinación de las Competencias del Estado y las Comunidades Autónomas en materia de Defensa de la Competencia, la Dirección General de Defensa de la Competencia de la Generalitat de Cataluña remitió a esta Dirección de Investigación la denuncia presentada por el Consejo de Colegios de Ingenieros Técnicos Industriales de Cataluña contra el Colegio de Arquitectos de Cataluña, por supuestas conductas prohibidas por el artículo 1 de la LDC, consistentes en el acuerdo adoptado por el Colegio de Arquitectos de Cataluña, similar al del expediente de referencia.

Dada la conexión directa de la denuncia que la Generalitat de Cataluña remitió con las actuaciones que estaba llevando a cabo la Dirección de Investigación, se acumuló aquélla a éstas.

El 27 de enero de 2009 la Directora de Investigación elevó al Consejo de la Comisión Nacional de la Competencia una Propuesta de Archivo de las actuaciones seguidas como consecuencia de las dos denuncias presentadas, por considerar que no hay indicios de infracción de la LDC.

Sin embargo, el Consejo de la Comisión Nacional de la Competencia resolvió el 27 de mayo de 2009 y acordó con fecha 15 de junio de 2009: “Remitir a la Dirección de Investigación la totalidad de las actuaciones, para que incoe e instruya Expediente Sancionador contra el Consejo Superior de Arquitectos de España en relación a las denuncias interpuestas por el Colegio Oficial de Peritos e Ingenieros Técnicos Industriales de Cuenca y la del Consejo de Colegios de Ingenieros Técnicos Industriales de Cataluña contra el Colegio de Arquitectos de Cataluña”.

En consecuencia, y de conformidad con lo establecido en el apartado 1 del artículo 49 de la LDC, el 17 de julio de 2009 la Dirección de Investigación ha acordado incoar expediente sancionador contra el Consejo Superior de Arquitectos de España por posibles prácticas prohibidas por el artículo 1 de la LDC, sin que ello prejuzgue la resolución final.

Se abre ahora un plazo máximo de 18 meses para la instrucción del expediente y para su resolución por la Comisión Nacional de la Competencia
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#174733
Jurjurjur, la que se va a liar. :roll:
Me enciendo un pitillito y voy a por unas palomitas para verlo. :fumeta
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#174762
mineros escribió:Se abre ahora un plazo máximo de 18 meses para la instrucción del expediente y para su resolución por la Comisión Nacional de la Competencia


Despacito y buena letra, no sea cosa que se estresen.

Si en ello les fuera el sustento o la poltrona, verias tu como resuelven en 18 horas.

Un bravo por los dos colegios implicados :plas :plas :plas :plas :plas :plas :plas :plas :plas A ver si alguien por vergüenza toma ejemplo. Por aquí mientras, Iberdrola e Industria pidiendo fotocopia del título sobre el visado. :cabezazo :cabezazo :cabezazo
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#174820
JORDIM escribió:
Un bravo por los dos colegios implicados :plas :plas :plas :plas :plas :plas :plas :plas :plas A ver si alguien por vergüenza toma ejemplo. Por aquí mientras, Iberdrola e Industria pidiendo fotocopia del título sobre el visado. :cabezazo :cabezazo :cabezazo



¿¿Coomo??
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#174824
Como lo oyes.

Industria Valencia pide fotocopia del título si lo que presentas tiene mas de 184 kW y las OCAS que contrata Iberdrola para revisar proyectos piden fotocopia del título siempre. No importa si el proyecto está visado o no.

¿Donde está el problema? Por cierto, el colegio lo sabe.

Aprovecho para recordar que vender un producto o servicio (visado) que se anuncia que sirve para dar unas prestaciones (verificación de competencia) que en realidad no da, en el codigo penal tiene un normbre.

Aprovecho para deciros que esas OCAS son MARSAN y ATISAE y desde que hacen eso a mi no me han revisado ni un cable si puedo elegir yo la OCA o influenciar al cliente. Los comerciales de esas OCAS han sido invitados a salir de la oficina de una forma educada pero firme sin opción a decir más que buenos dias en caso de visita comercial, y se les ha hecho saber el porqué de forma clara. Después ¡a la puta calle!.
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#174976
fsi escribió:No "cabo" en mi mismo de gozo, un colegio útil. :amo :amo :amo :amo

No es que sea un colegio útil. Sencillamente, hace lo que se supone todos deberían hacer: defender los derechos e intereses de sus colegiados. :yep :brindis
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#175638
JORDIM escribió:Aprovecho para recordar que vender un producto o servicio (visado) que se anuncia que sirve para dar unas prestaciones (verificación de competencia) que en realidad no da, en el codigo penal tiene un normbre.


Sin animo de polemizar, me gustaría aclarar esta cuestión sobre el visado colegial. Sus funciones son las de verificar que:

1) El autor del proyecto es colegiado y está al corriente de pagos de las cuotas colegiales (supongo que esto es una garantía de que el autor tiene seguro de responsabilidad civil).
2) El proyecto es completo, es decir contiene los documentos Memoria, Pliego de condicioens, Planos, Presuspuesto y Estudio de seguridad y salud.

En otro post leía a un estudiante a punto de finalizar ITI que preguntaba si un ITI en Mecánica podía firmar 600 kW de fotovoltaica. El estudiante decía que iba a preguntar a su futuro colegio si tenía atribuciones y la respuesta final fue "Pues a ver que te dicen en tu colegio. En el mío desde luego no se me ocurre preguntarlo, entre otras cosas porque no tienen ni pajolera idea."
viewtopic.php?f=6&t=21647

Aún sin tener ni idea el colegio de si tienen atribuiciones o no para la firma de dicho proyecto, ¿alguien duda que el colegio visará ese proyecto?
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#175643
FerGT escribió:
JORDIM escribió:Aprovecho para recordar que vender un producto o servicio (visado) que se anuncia que sirve para dar unas prestaciones (verificación de competencia) que en realidad no da, en el codigo penal tiene un normbre.


Sin animo de polemizar, me gustaría aclarar esta cuestión sobre el visado colegial. Sus funciones son las de verificar que:

1) El autor del proyecto es colegiado y está al corriente de pagos de las cuotas colegiales (supongo que esto es una garantía de que el autor tiene seguro de responsabilidad civil).
2) El proyecto es completo, es decir contiene los documentos Memoria, Pliego de condicioens, Planos, Presuspuesto y Estudio de seguridad y salud.

En otro post leía a un estudiante a punto de finalizar ITI que preguntaba si un ITI en Mecánica podía firmar 600 kW de fotovoltaica. El estudiante decía que iba a preguntar a su futuro colegio si tenía atribuciones y la respuesta final fue "Pues a ver que te dicen en tu colegio. En el mío desde luego no se me ocurre preguntarlo, entre otras cosas porque no tienen ni pajolera idea."
viewtopic.php?f=6&t=21647

Aún sin tener ni idea el colegio de si tienen atribuiciones o no para la firma de dicho proyecto, ¿alguien duda que el colegio visará ese proyecto?


Pagar las cuotas colegiales no tiene absolutamente nada que ver con tener un seguro de responsabilidad civil. Son cosas diferentes. Además nadie me obliga a contratar mi seguro a través del colegio.

Lo de que se encargan también de comprobar que el proyecto está completo, lo pongo en duda ya que he visto proyectos visados en los que faltaban apartados enteros...

Respecto a si el colegio visará dicho proyecto, seguro que si.
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#175710
Desde luego en mi colegio, por el hecho de estar colegiado, tenemos seguro de responsabilidad civil gratuito, otra cosa es que lo queramos ampliar por la mutua o a través de una compañía aseguradora. Hasta donde yo conozco, es así en el resto de colegios profesionales.

Respecto a lo de comprobar que el proyecto es completo, eso es lo que debería hacer el responsable de visado y otra cosa es lo que luego haga. Se de casos en los que se han mandado a visar proyectos incompletos a proposito, con la idea de que lo retengan en el colegio y resulta que el proyecto sale visado sin ningún requerimiento.
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#175712
FerGT escribió:
JORDIM escribió:
En otro post leía a un estudiante a punto de finalizar ITI que preguntaba si un ITI en Mecánica podía firmar 600 kW de fotovoltaica. El estudiante decía que iba a preguntar a su futuro colegio si tenía atribuciones y la respuesta final fue "Pues a ver que te dicen en tu colegio. En el mío desde luego no se me ocurre preguntarlo, entre otras cosas porque no tienen ni pajolera idea."


Por alusiones. el hecho de que el Secretario Técnico de mi Colegio no tenga ni pajolera idea de las atribuciones y esto lo he comprobado en persona, no quiere decir que deba saberlas, que debe. Pero eso ya no es problema del Colegio en sí, sino de la capacidad de cada uno y del interés que ponga en saber y querer ponerse al día y estudiarse las leyes.

Por otra parte y si buscas en el hilo "Sentencias de Tribunales de justicia" te darás cuenta que los Ingenieros Técnicos Industriales tienen plenas atribuciones en..."SU ESPECIALIDAD TÉCNICA", que no debemos confundir con ESPECIALIDAD ACADÉMICA.

:saludo
por
#175726
FerGT escribió:Desde luego en mi colegio, por el hecho de estar colegiado, tenemos seguro de responsabilidad civil gratuito, otra cosa es que lo queramos ampliar por la mutua o a través de una compañía aseguradora. Hasta donde yo conozco, es así en el resto de colegios profesionales.

Respecto a lo de comprobar que el proyecto es completo, eso es lo que debería hacer el responsable de visado y otra cosa es lo que luego haga. Se de casos en los que se han mandado a visar proyectos incompletos a proposito, con la idea de que lo retengan en el colegio y resulta que el proyecto sale visado sin ningún requerimiento.


En mi colegio la cuota (18€/trimestre) no incluye seguro.
¿Cuanto pagais vosotros por estar colegiados?
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#175730
manolicopallo escribió:¿Cuanto pagais vosotros por estar colegiados?


Creo que 600 pesetas al mes.
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#175731
FerGT escribió:Desde luego en mi colegio, por el hecho de estar colegiado, tenemos seguro de responsabilidad civil gratuito, otra cosa es que lo queramos ampliar por la mutua o a través de una compañía aseguradora. Hasta donde yo conozco, es así en el resto de colegios profesionales.


Pues no.

Creo que estais desviando el hilo y nos van a dar.
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