Titulaciones, carreras, centros o entidades docentes, Bolonia, cursos, oposiciones, etc.
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#238005
Por supuesto. Y además sin límites. De hecho en el plan del 73 en la especialidad mecánica había una intensificación de estructuras e instalaciones industriales.
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#238017
En mi escuela (plan "antiguo" pero menos) aún existe, aunque son dos bloques separados: "Estructuras y edificación industrial" e "Instalaciones Industriales".
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#238063
y un ingeniero técnico eléctrico podría firmarlas?
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#238064
"etsie" no sera por "Escuela Técnica Superior de Ingenieros de Edificación" ? :roll:
Última edición por Sprinks el 08 Sep 2010, 18:51, editado 1 vez en total
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#238066
etsie escribió:y un ingeniero técnico eléctrico podría firmarlas?


Eso ya es mas discutible porque la ley de atribuciones no fija límite para las estructuras. Hay colegios que visan esos proyectos y otros que no. En este tema el vacío legal es clamoroso y ya se sabe que en este pais donde hay vacio legal siempre se encuentra a alguien dispuesto a llenarlo ... hasta los todavía inexistentes ingenieros de la edificación.
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#238074
¿ Vacio legal ?
Con la ley en la mano (que yo sepa) un ITI de cualquier rama puede firmar un pabellón industrial o una torre de alta tensión o un silo ... sin ningún problema.
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#238078
Sprinks escribió:¿ Vacio legal ?
Con la ley en la mano (que yo sepa) un ITI de cualquier rama puede firmar un pabellón industrial o una torre de alta tensión o un silo ... sin ningún problema.


Si, quizás un compañero eléctrico puede (si se lo visan, hay colegios que no quieren) firmar un hangar de 50 metros de luz, pero yo ITI mecánico no puedo firmar un trafo de 251 CV porque nadie se acordó de ponerle CV, voltios y empleados a las estructuras.

Esa es la parte de miseria de la ley de atribuciones.

En fin .. no demos carnaza a la competencia. :cabezazo :cabezazo :cabezazo :cabezazo
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#238091
A nosotros los ITI (Electrónica Industrial), por lo menos aquí, al principio para los temas eléctricos como BT, LAT y CTs nos imponías limitación en potencia instalada y tensión empleada a los mismos límites que más arriba se exponen para los ITI no eléctricos (mecánicos, química, etc.). Pero en un buen momento, un compañero de carrera mandó una consulta al ministerio de industria sobre las atribuciones profesionales de los ITIEI, fué respondido por la secretaría técnica como que éstas son las mismas que las del antiguo título de Ing. Técnico Industrial, esp. Eléctrica(Electrónica industrial), y en consecuencia hasta nuevas o futuras modificaciones en la ley, las atribuciones profesionales de los Ingenieros técnicos industriales espec. electrónica industrial (plan renovado) y las de un ingeniero técnico industrial esp. electricidad son las mismas.

Este documento tuvo registro de entrada en el colegio para poder visar, así como conocimiento del mismo en la consej. de industria donde se saco una circular que viene a decir lo expuesto en el párrafo anterior según el ministerio; pudiendo proyectar a raíz de esto por encima de los 250CVx736w=184 kW. En otro post subí esta nota del ministerio y en otro anterior el de la consejería de industria de la comunidad autónoma.

salud@s.
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