Flecha relativa en cubiertas ligeras de nave industrial (Valoración de 5.00 sobre 5, resultante de 1 votos)

Resistencia y estabilidad, aptitud al servicio, acciones en la edificación, cimientos, estructuras de acero, fábrica, madera
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#255970
Al hilo de esto. ¿Es necesaria la comprobación de la flecha a confort si es una cubierta unicamente accesible para conservación?
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#256052
"Cuando se considere el confort de los usuarios, se admite que la estructura horizontal de un piso o cubierta es suficientemente rígida si, para cualquiera de sus piezas, ante cualquier combinación de acciones característica, considerando solamente las acciones de corta duración, la flecha relativa, es menor que 1/350."

Yo creo que si, si es de aplicación el CTE deberías aplicarla no?.

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#256094
Yo creo que no (para variar :D ). Aun siendo de aplicación el CTE, no tiene sentido hablar de confrot de usuario en una cubierta que no influye en ningún modo en la actividad de la instalación. Y creo que en este aspecto no es complicado interpretar el CTE y defender esta postura.
Comprobaciones por apariencia (si quieres) y sobre todo por integridad del cerramiento. Y volvemos a lo de siempre, si lo que intentas es asegurar que la cubierta trabaje correctamente, la limitación de flecha tendría que ser igual a la que imponga el fabricante del cerramiento, que normalmente en cierres de este tipo (chapa simple, panel sandwich) ronda el L/240 o L/250. L/300 puede servir sabiendo que somos conservadores en la gran mayoría de los casos, todo lo que pase de ahí, es un gasto innecesario.
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#256100
Es un tema no muy claro en el CTE, eso fijo Manuel, lo que te dice del fabricante...tambien, pero yo creo que si hay una norma es para cumplirla, más que nada para que no se convierta esto en un sin Dios...qué deciros de los vuelos en voladizos de hormigón y la actual redacción en el CTE Vs EHE...cuanto más unificado mejor no?....en fin que no voy ser yo el más purista aquí, pero si es un PFC desde luego lo cumpliría porque es ley y la debes cumplir si eres un anormal como los que estamos por el foro, a elegir el lado oscuro de Manuel Vadder o el Jedi-col de cesarcaracol....a qué me he cubierto de gloria yo solito ehhh manué?????
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#256107
Pues yo lo tengo claro (aunque el CTE no lo aclare), confort en una cubierta de una nave simplemente no existe. Hablar de una flecha limite de L/300 ya me parece excesivo, yo suelo calcular para naves normalitas L/250 y para ciertas edificaciones L/300.

El CTE está claramente orientado a edificación urbana, y no entiendo porque se ha dejado de lado completamente la edificación industrial. Los estructuristas abren el CTE y se quedan con cara de tontos.


No obstante, si es un proyecto fin de carrera, pues hay que aplicar la normativa en vigor, así que L/300 si o si. :brindis
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#256109
Pues yo lo tengo claro (aunque el CTE no lo aclare), confort en una cubierta de una nave simplemente no existe. Hablar de una flecha limite de L/300 ya me parece excesivo, yo suelo calcular para naves normalitas L/250 y para ciertas edificaciones L/300.

El CTE está claramente orientado a edificación urbana, y no entiendo porque se ha dejado de lado completamente la edificación industrial. Los estructuristas abren el CTE y se quedan con cara de tontos.


No obstante, si es un proyecto fin de carrera, pues hay que aplicar la normativa en vigor, así que L/300 si o si. :brindis
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#256121
Si me permitís la pregunta, ¿qué límite de flecha usáis cuando teneis una cubierta plana para evitar que el agua se acumule donde no hay sumidero? ¿O poneis siempre el sumidero coincidente con el punto de flecha máxima?
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#256146
sauce escribió:Si me permitís la pregunta, ¿qué límite de flecha usáis cuando teneis una cubierta plana para evitar que el agua se acumule donde no hay sumidero? ¿O poneis siempre el sumidero coincidente con el punto de flecha máxima?


Por muy plana que sea la cubierta algo de pendiente tiene que tener ...depende del tipo de cubierta plana... yo por ejemplo en una a base de placa alveolar (osea plana plana) la pendiente se la di con el mortero de pendientes (1.5-2% va bien bajo mi pequeña experiencia)...se trata de hacer como limas que lleve el agua a donde está el sumidero...como ves esto no tien que ver con la flecha, me da que no entendí bien eso de flecha y desagües...

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#256190
Lo que se ve es que la estructura ha deformado provocando la acumulación de agua. Se debe hacer para que no deforme pero para desagüar las pluviales yo haría unas limas y pendiente mediante los morteros de pendiente (hay que tener cuidado con la impermeabilización...soluciones varias...Danosa...).

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#256261
cesarcaracol escribió:Es un tema no muy claro en el CTE, eso fijo Manuel, lo que te dice del fabricante...tambien, pero yo creo que si hay una norma es para cumplirla, más que nada para que no se convierta esto en un sin Dios...

Ya se cuidan ellos muy mucho de no columpiarse con estas cosas, que la garantía del producto y su sello de calidad van en ello. Y cuando hablamos de nuestro dinero a ninguno nos gusta hacer el loco.
cesarcaracol escribió:en fin que no voy ser yo el más purista aquí, pero si es un PFC desde luego lo cumpliría porque es ley y la debes cumplir si eres un anormal como los que estamos por el foro, a elegir el lado oscuro de Manuel Vadder o el Jedi-col de cesarcaracol....a qué me he cubierto de gloria yo solito ehhh manué?????

Jooooooooooder, siempre me toca ser el malo...¿será por que los villanos son los que más "molan" de la peli? ¿o simplemente por feo?
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#256263
ladrón si tu no eres feo ... eres la proxima víctima de mi seduccion,... :partiendo :partiendo :partiendo :partiendo


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#256458
El art 4.3.3.1 2 empieza diciendo "cuando se considere el confort de los usuarios", pero no dice cuándo hay que considerarlo. Desde luego, considerar el confort de una cubierta no transitable no tiene el más mínimo sentido a menos que consideremos como usuarios a las gaviotas.

Respecto a las flechas, dice 1/300 y sólo se me ocurre que se pudiera evitar al amparo del artículo 5 de la parte 1 -es decir, mandando a paseo al DB- si conocemos la flecha tolerada del producto de cobertura. Y me parece lógico, somos técnicos, no abogados, nuestro trabajo es hacer edificios de calidad, no cumplir chorradas. El comodín "en el resto de los casos" parece de broma.

Es más, la simple consideración de la flecha relativa entre dos puntos no aporta mucho, puesto que lo que daña los elementos no es la flecha entre dos puntos sino la curvatura. Y de eso no habla el código ni para edificación urbana ni para edificación industrial.
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#256701
Si el uso es solo mantenimiento...pues eso las gaviotas deben estar en L/350, pero los humanos confort..allí nunca encontrarán con lo que dispuesto a subier la fracciómn...pero luego hayel puntazo de:

"Cuando se considere la apariencia de la obra, se admite que la estructura horizontal de un piso o
cubierta es suficientemente rígida si, para cualquiera de sus piezas, ante cualquier combinación de
acciones casi permanente, la flecha relativa es menor que 1/300."

Básicamente de L/300 no hay tu tía...siempre y cuando lo que pongas no perjudique la apaiencia de la obra, todos sabemos las tablitas de teczone y demás pero tambien sabemos cuan laxo es el criterio de Dios a la hora de establecer apariecias visuales...ergo L/300 en luces de rango pequeño es insignifcante la variación que produce ... pero en luces grandes...yo me voy por el LÇ/300 además de comprobar que las cumbreras no se desplacen para las combinaciones de los ELS más de la cuenta.

:saludo :usuario

Manuel tu es que ereds buena persona pero hay otros por ahí que no lo son tanto...al pirata la pasta es lo que le importa y la tuya no la suya porque suy tiene un capital social micro que le permite cerrar y buscarle la flecha a el donde yo me se.


Berobreo está claro que lo que fastidia es la curvatura, y sobre eso no hace distinciones ente "gremios"(por eso estaría bien un texto unificado preferentemente del ministerio de fomento dada la gloria con la que se cubren cada vez que el de vivienda le da por redsactar textos normativos).

Se que lo hay los EC pero quiero que mi país de una vez funcione bien...llamadme idiota

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#256755
cesarcaracol escribió:Si el uso es solo mantenimiento...pues eso las gaviotas deben estar en L/350, pero los humanos confort..allí nunca encontrarán con lo que dispuesto a subier la fracciómn

No sé lo que significa la última frase, pero vamos, que con uso mantenimiento olvídate del confort.
Añade además que para el confort sólo juegan las acciones de corta duración, así que saca todos los pesos propios y recuerda que nieve y uso no son concomitantes. Ergo, te queda uso y viento.
Pero vamos, que el confort tururú.
cesarcaracol escribió:...pero luego hayel puntazo de:
"Cuando se considere la apariencia de la obra, se admite que la estructura horizontal de un piso o
cubierta es suficientemente rígida si, para cualquiera de sus piezas, ante cualquier combinación de
acciones casi permanente, la flecha relativa es menor que 1/300."
Básicamente de L/300 no hay tu tía

Sí, pero ¿L/300 de qué? Tenemos combinación casi permanente, así que patada al uso, al viento y a la nieve si estamos a menos de 1000 m.
cesarcaracol escribió:...siempre y cuando lo que pongas no perjudique la apaiencia de la obra, todos sabemos las tablitas de teczone y demás pero tambien sabemos cuan laxo es el criterio de Dios a la hora de establecer apariecias visuales...ergo L/300 en luces de rango pequeño es insignifcante la variación que produce ... pero en luces grandes...yo me voy por el LÇ/300 además de comprobar que las cumbreras no se desplacen para las combinaciones de los ELS más de la cuenta.

¿Y cuánto es la cuenta?

cesarcaracol escribió:estaría bien un texto unificado preferentemente del ministerio de fomento dada la gloria con la que se cubren cada vez que el de vivienda le da por redsactar textos normativos).

El ministerio de vivienda ya no existe, el CTE está en manos de fomento.
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