- 24 Nov 2009, 15:56
#196278
Hola muy buenas a todos.
Es la primera vez que participo en este foro, pero he aprendido mucho con las discusiones que han ido apareciendo. Os dejo una, que me ha parecido que no se ha hablado, que es el tema del re-cálculo de estructuras en naves industriales al introducirle unas nuevas hipótesis de carga, en este caso del de una instalación fotovoltaica. Tengo varias dudas acerca de este tema, a si que os las describo a continuación y si hay alguien que se haya encontrado este caso y me pueda ayudar se lo agradecería.
1º-. ¿Cuándo pones una instalación fotovoltaica sobre la cubierta de una nave industrial, es preciso realizar un cálculo estructural a nivel de administración?, es decir, si legalmente es obligatorio realizar ese cálculo. No entro en el tema de que si es necesario hacerlo o no, ya que eso dependerá del criterio del Ingeniero.
2º-. ¿Y en el caso de que en vez de ser una nave Industrial sea una cubierta de un edificio?
3º-. En el caso de que Normativamente sea obligado el cálculo estructural……….¿que normativa específica eso?, ya que si que le estoy introduciendo nuevas cargas, pero la estructura soporte, en sí no la estoy modificando.
4º.- Y por último, teniendo en cuenta este supuesto caso 3 (me obligan a calcularlo), lo lógico es aplicar el Código Técnico, pero que pasa si la nave incluso sin sobrecarga no me cumple, porque las hipótesis de carga han cambiado de la normativa actual a la normativa vigente cuando se cálculo dicha nave. O porque el código técnico sea más restrictivo que la EA-95, por ejemplo.
Bueno hay os dejo una serie de dudas, gracias a todos!