Resistencia y estabilidad, aptitud al servicio, acciones en la edificación, cimientos, estructuras de acero, fábrica, madera
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#307412
Hola chicos y chicas. como estan??. Me llamo Josmary estudio Ing. Civil en Venezuela y soy nueva en el foro. :smile
la razon por la q les escribo es q desde hace dos dias tengo una duda q me ha quitado el sueño y a mi compañero de tesis, esta es mi pregunta:


¿Para el analisis de los pilares con respecto al viento frontal o paralelo a la cumbrera. Cual es el area tributaria que se debe considerar?
OJO: no me refiero al viento transversal, sino al viento q pega en la cara frontal del galpon.


NOTAS, DUDAS E INQUIETUDES:
se muy bien q cuando el viento sopla transversal a la cumbrera, se debe considerar el area: (SEPARACION ENTRE COLUMNA X ALTURA DE LA MISMA); pero cuando el viento pega en la cara frontal del galpon (paralelo a la cumbrera) cual es el area entonces??? acaso sera: (LUZ DEL GALPON X ALTURA DE COLUMNA)???

Bueno Jose. es todo....espero tu respuesta ya q he tenido muchas broncas con esta simple duda...saludos! :)
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