Capitan Morgan escribió:Tengo un centro comercial ( tipo alcampo , mercadona etc ) que tiene una planta sobre rasante en concreto 1.5 metros sobre el son 650 m2 diafanos.
La direccion del centro quiere abrir una planta igual justo debajo en los 650 m2 que tenian de almacen esta 1.5 m por debajo de resante.
Segun CTE si4 uso comercial no hacen falta rociadores , pero segun tabla 2.1 del si 1 en uso comercial para riesgo bajo el sector puede ser hasta de 800 m2 si tiene instalacion automatica de extincion
La pregunta es ¿ hacen falta rociadores ?
Creo que estás mezclando cosas

y no te puede salir un potaje muy bueno

.
Si la dirección quiere abrir la planta bajo rasante como local comercial, y no como almacén, con esa superficie, a menos que como dice raveri, lo exija el centro (casi seguro

), no te hará falta.
La tabla 2.1 sólo se aplica para locales de riesgo especial, que no sería tu caso, ¿no?
"Viva la propiedad privada...., la mía

", unomas.
Un estado totalitario realmente eficiente, es aquel en el que las élites controlan a una población de esclavos que no necesita ser coaccionada, porque en realidad ama esta servidumbre..... - Aldous Huxley