Buenas,
tengo una pequeñita duda referente a la elección del valor de la tasa de calor liberado (kW/m2)
que el anexo A de la norma UNE 23858 (Sistemas de control y evacuación de humos) establece,
según se disponga de rociadores o no. En ella se establece que para almacenamientos por estibas o estanterias en altura (en mi caso 6 m) no es de aplicación los valores reflejados al principio de este anexo. Entiendo que se deberá consultar la tabla que se señala a continuación.
Pero si dispones de una instalación de rociadores y las alturas normalizadas de los productos almacenados que allí aparecen no concuerdan con lo que tu tienes, ¿que eliges?
En algún caso he visto que si dispones de rociadores aplicas la tasa qf(high)=625 kW/m2. Esto
yo no creo que sea válido, pues la norma ya te dice que no es de aplicación para almacenajes en
altura.
si mi material se encuentra a mas altura que el reflejado en las tablas siguientes, ¿tengo que elegir igualmente ese valor, aunque sus altura normalizada esté a unos 2 metros por debajo de la mia?
Si alguien ya ha realizado este tipo de instalaciones y tiene ganas de enrrollarse, agradecería su valoración al respecto.