Propagación interior y exterior, evacuación, instalaciones de protección contra incendios, intervención de bomberos, resistencia al fuego de la estructura
por
#229188
Hola, tengo un caso un poco complicado de resolver.

Es una pequeña pensión de 9 habitaciones (2 hab en planta baja y 7 hab en planta 1ª) con tres plantas sobre rasante que se comunican entre sí a través de una única escalera central que no da a fachada. Dicha escalera es el gran problema.
Según el CTE la escalera no es protegida, ya que, la altura de evacuación es inferior a 10 metros puesto que en la última planta se encuentra la azotea que es una zona de ocupación nula.
La planta 1ª tiene 2 puertas RF que dan a los pasillos de evacución que comunican con las habitaciones.
En la planta baja se encuentra situada la recepción, justo debajo de la escalera, y no tiene puerta RF dando al pasillo de evacuación que comunica con el exterior, puesto que debido a su apertura invadiría dicho pasillo incumpliendo con el CTE. Al no tener esa puerta RF la escalera no queda sectorizada con la planta baja.

Me surgen varias dudas:
¿Es correcto no colocar la puerta RF en la plata baja?
Si coloco la puerta de evacuación al exterior con la apertura hacia el exterior invado la acera. ¿sería correcto colocarla con apertura hacia el interior?
¿Es suficiente la ventilación de la escalera con una claraboya?

Salu2!
Última edición por AZERO el 02 Jul 2010, 08:50, editado 1 vez en total
por
#229228
El título que le pones a la pregunta no es correcto. Eso no es uso pública concurrencia

Supongo (de lo que entiendo que dices) que esa pequeña pensión de 9 habitaciones (establecimiento de uso residencial público) ocupa enteramente un edificio de PB+1, sin otros usos diferentes, y que la superficie total construida no llega a 500 m2.

Si es así, la escalera no tiene en principio obligación de ser protegida y podría ser una escalera abierta a esos pasillos que comunican con las habitaciones siempre y cuando el arranque de esa escalera en planta 1ª se pueda considerar salida de planta

Si el arranque de la escalera en planta 1ª no se puede considerar salida de planta, todavía podria ser una escalera abierta si el recorrido de evacuación desde la puerta de la habitación más alejada hasta la salida del establecimiento no supera 25 m.

Si no se cumplen las condiciones anteriores aún queda la posibilidad de convertir la escalera en protegida, con recinto y puertas resistentes al fuego y ventilación de humos. Parece que esta es la situación actual, pero claro, esto exige que en planta baja la escalera tenga puerta porque el desembarco no se produce en un sector de riesgo mínimo, además de que la salida a la calle debe estar a no más de 15 m.

Si no tienes otra opción que convertir la escalera en protegida, aún podrías tratar de abrir esa puerta en planta baja hacia el interior del recinto de la escalera dado que el paso previsto no llega ni a 50 personas

¿... puedes hacer algo de esto? :ein :ein
por
#229308
Si, es un establecimiento de uso residencial público con una superficie inferior de 500 m2. El recorrido de evacuación desde la habitación más desfavorable es inferior a 25 m. por lo tanto la escalera no es protegida.
Entonces, según dices que por tratarse de una escalera no protegida no sería necesario colocar la puerta RF en la planta baja quedando la escalera abierta al pasillo que comunica con habitacones y con la salida al exterior del edificio. No? En que leyes te basas?

¿Esta escalera abierta no tendría que cumplir algún tipo de ventilación para evacuación de humos en caso de incendio? ¿con la claraboya es suficiente? El CTE no habla de ventilación en escaleras...

Otro problema es que la puerta de entrada principal a la Pensión no tiene el sentido de apertura de evacuación, ya que, invadiría la acera. Me comentas que al tener un paso previsto inferior a 50 personas no es necesario colocar la apertura de la puerta en sentido evacuación. ¿En que ley aparece este dato?

Gracias por la información!!
por
#229331
AZERO escribió:Si, es un establecimiento de uso residencial público con una superficie inferior de 500 m2. El recorrido de evacuación desde la habitación más desfavorable es inferior a 25 m. por lo tanto la escalera no es protegida.
Entonces, según dices que por tratarse de una escalera no protegida no sería necesario colocar la puerta RF en la planta baja quedando la escalera abierta al pasillo que comunica con habitacones y con la salida al exterior del edificio. No? En que leyes te basas?

En lo que dice el CTE DB SI

¿Esta escalera abierta no tendría que cumplir algún tipo de ventilación para evacuación de humos en caso de incendio? ¿con la claraboya es suficiente? El CTE no habla de ventilación en escaleras...

Sí que habla. mírate por ejemplo la definición de escalera protegida del Anejo A

Otro problema es que la puerta de entrada principal a la Pensión no tiene el sentido de apertura de evacuación, ya que, invadiría la acera. Me comentas que al tener un paso previsto inferior a 50 personas no es necesario colocar la apertura de la puerta en sentido evacuación. ¿En que ley aparece este dato?

Otra vez en el DB SI. ¿Te has leído con calma el apartado 6 de SI-3??

Gracias por la información!!

De nada, pero a diferencia de otros DBs del CTE, con el DB SI no basta una lectura por encima para aplicarlo con un mínimo de soltura :nono2
por
#229361
El Anejo A habla de ventilación para una escalera protegida. Lo que intento demostrar es que mi escalera es "no protegida", puesto que los 3 tipos de ventilación que me habla el CTE para escaleras protegidas son imposibles de aplicarlos constructivamente en este caso. Por eso necesitaria demostrar que mi escalera no protegida está suficientemente ventilada con una claraboya de 0.60x0.60 m (0.48m2 de rejillas para su ventilación) y que cumple con la normativa.

El apartado 6 de SI-3 dice concretamente que para mas de 50 ocupantes se abrirá la puerta en sentido de la evacuación, como en este caso es inferior no sería necesario. Pero al ser el establecimiento de uso residencial público la normativa es mas restrictiva, no?

Perdona por la insistencia, pero es que le he dado muchas vueltas a este caso...
por
#229396
En todo el mundo existe un principio fundamental en la Reglamentación que dice: «Todo está permitido excepto lo expresamente prohibido»

Aplicando este principio y partiendo de que en tu proyecto es reglamentaria la instalación de una sola escalera abierta, si el DB SI no te obliga a demostrar nada con respecto a la ventilación de las escaleras abiertas ("no protegidas"), tú no tienes que esforzarte en justificar lo que to te exigen. Dicho de otro modo: tú no tienes que demostrar a nadie que esa escalera abierta no tiene ventilación en caso de incendio porque ningún reglamento te exige que lo hagas. :D


AZERO escribió: El apartado 6 de SI-3 dice concretamente que para mas de 50 ocupantes se abrirá la puerta en sentido de la evacuación, como en este caso es inferior no sería necesario

No dice eso exactamente, sino que habla de 50/100/200 en función del uso, del "paso", y de si se trata o no de un "recinto". Esto viene a diferenciar los casos en que los ocupantes atraviesan la puerta de forma secuencial o si lo hacen de manera masiva (todos a la vez).

¿Ves como no es tan fácil aplicar a la primera el DB SI? :ein pero todo se consigue con un poco de práctica


AZERO escribió: Pero al ser el establecimiento de uso residencial público la normativa es mas restrictiva, no?

Dejando al margen el DB SI, ¿Existe alguna normativa de obligado cumplimiento en el sector Residencial Público (estatal o autonómica) que te obligue a abrir hacia fuera esa puerta?... Si existe tendrás que respetarla y si no existe haces lo que mejor te parezca (en aplicación del "Principio General de la Reglamentación" :fumeta )


:brindis :saludo
Palabras clave
Temas similares

Usuarios navegando por este Foro: No hay usuarios registrados visitando el Foro y 2 invitados

Permisos de mensaje

No puede abrir nuevos temas en este Foro
No puede responder a temas en este Foro
No puede editar sus mensajes en este Foro
No puede borrar sus mensajes en este Foro
No puede enviar adjuntos en este Foro