- 23 Mar 2011, 11:59
#262185
Buenas!
el problema es el siguiente:
digamos que trabajo en una industria que lleva funcionando durante 3 decadas, sin ninguna modificacion sustancial en su distribucion, y ninguna despues de la entrada en vigor del susodicho Reglamento de Seguridad Contra Incendios en Edificios Industriales. Esta industria en particular consta de varios sectores de incendios. La duda es la siguiente:
- Según el ámbito de aplicación del RSCIEI, para edificaciones construidas antes de la entrada en vigor (como es el caso) no es necesaria la aplicación del mismo, a no ser que hablemos de una reforma o ampliación. No es el caso, la industria se mantiene inalterada. Pero la cosa es que otro apartado del Reglamento en cuestión, cita que deja en manos de la comunidad autónoma la elección de si se deben de aplicar éste y en que casos, y como no podia ser de otra manera, la Comunidad donde me encuentro (Comunidad Autónoma de Canarias) decidió que era de aplicación en todas las industrias, pasadas y futuras, existentes previamente o no.
Quería saber si alguien (sobre todo podrán ayudarme ingenieros que hayan tenido el mismo problema en situación similar), me podría facilitar, digamos alguna artimaña para no tener que realizar reformas que resultarían costosas e innecesarias (desde mi punto de vista).
Muchas Gracias!
Última edición por dieci7 el 24 Mar 2011, 12:29, editado 1 vez en total