Kyle_XY escribió:A mi entender tiene que estar dotada de detección y alarma, si éstas son obligatorias para todo el uso de oficinas por superficie.
Gracias por responder Kyle_XY, entiendo entonces que si el edificio tiene licencia de funcionamiento de más de 20 años, como es el caso, hay que reformar la instalación de detección y alarma según CTE y RIPCI?, aun si sólo se desplazan los actuales detectores a causa de la nueva compartimentación y la instalación existente de PCI legalizada.
Mi problema es donde se encuentra el umbral, normativamente hablando, para adecuar a normativa vigente la instalación de detección y alarma en una oficina existente de 200 m2, que a su vez forma parte de un edificio de oficinas. Por cierto la oficina se encuentra en Madrid capital.
Gracias.