juan24 escribió:A la hora de definir el tipo de edificio ( A, B, C o D y E), tengo algunas dudas, todos los recintos ( naves, etc...) están pegados al perímetro de la parcela y forman cada uno de ellos un sector de incendio ( Tipo B ), mientras que las zonas de almacenamiento las defino como areas de incendio (Tipo D o E ), el problema viene con el área exterior.
En principio, a mi entender los sectores no son de tipo A, B, C..., sino los edificios. Una opción sería definir tu edificio con la tipología que mejor se adapte y más restrictiva sea. Después ya crearás uno o más sectores de incendio dentro del edificio.
En dicha área la única actividad industrial que se realiza es la carga y descarga de vidrio triturado, ( la realiza un camión que entra y sale una vez al día de la planta ), ¿ tengo que definir dicha área como D o E ?.
En mi opinión se trata de un área de incendio de tipo según la conguración del área que tengas. Podría asimilarse a tipo E, aunque entiendo que es subjetivo. Lee la Guia de aplicación del RSIEI, hay algunas notas aclaratorias.
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