Propagación interior y exterior, evacuación, instalaciones de protección contra incendios, intervención de bomberos, resistencia al fuego de la estructura
por
#343036
Buenas. Tengo un caso de una nave en Madrid, para legalizar que es un taller de aluminio. Es Edificio A de riesgo bajo. Consta de dos sectores de incendio.
Sector 1(planta baja con taller): de unos 280 m2, que dispone de 6 detectores; 2 BIES; y pulsador con alarma, y extintores.
Sector 2(Hall +escalera+entreplanta de oficinas y aseos): unos 90 m2, sin detectores ni pulsador , solo extintores.

Mi duda: las instalaciones son las que ya tenia para su anterior uso (Almacen). Pero, o algo se me escapa, o las instalaciones estaban mal puestas, porque entiendo que el sector 2(escalera+entreplanta), al no tener detectores,pero si deberia tener pulsador alarma. Ademas en Sector 1(que no llega a 300m2) no seria obligado los bies.
Da la sensacion de que hubiesen considerado 1 unico sector, en cuyo caso si seria necesario los bies, pero que tendrian que haberse montado detectores en la oficina de entreplanta.
por
#343040
Cierto, Según RSCIEI para no colocar detectores en las oficinas, estas se tendrían que haber considerado un sector diferente al del almacén; pero entonces no habrían sido necesarias BIEs ya que no se habrían superado los 300 m2.
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